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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/2520/2006, de 27 de julio, por la que se determinan las condiciones para la obtención de títulos y habilitaciones que permiten el ejercicio de las funciones del personal ferroviario relacionadas con la seguridad, así como el régimen de los centros de formación de dicho personal y de los de valoración de su aptitud psicofísica.

BOE-A-2006-14016Publicada: 02/08/2006Ministerio de Fomento

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de la entrada en vigor del Orden FOM/2520/2006, la regulación del personal ferroviario en materia de seguridad se basaba en normativas estatales y, en algunos casos, en normas de las Comunidades Autónomas, sin un marco común ni coordinado a nivel europeo. Esta falta de armonización generaba ineficiencias y riesgos para la seguridad ferroviaria. La norma española busca alinear la formación y la evaluación psicofísica del personal ferroviario con los estándares de la Unión Europea, garantizando así una mayor seguridad, coherencia y eficacia en el sector, lo cual es fundamental para la integración y el funcionamiento armónico del sistema ferroviario en el contexto europeo.

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