Real Decreto 867/2006, de 14 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Fundación «Manuel Giménez Abad de Estudios Parlamentarios y del Estado Autonómico», para la realización de investigaciones referentes a las instituciones parlamentarias y al modelo de distribución territorial que representa el Estado Autonómico y su difusión.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 867/2006, de 14 de julio, por el que se regula la concesión directa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** **Jurisdicción:** ES | **Fuente:** BOE (Boletín Oficial del Estado) | **Órgano:** Consejo de Ministros / Instituto Nacional de Administración Pública | **Tipo:** Real Decreto (Subvención) | **Fecha:** 14 de julio de 2006 | **Identificador:** RD 867/2006 | **Idioma original:** Español | **Materias:** Subvenciones públicas; Fondos públicos; Investigación; Política y administración parlamentaria | **Ámbito:** Estatal | **Relevancia IW:** MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** El Gobierno autoriza una subvención directa de 95.000 euros a la Fundación Manuel Giménez Abad para financiar investigaciones, publicaciones y jornadas sobre el Parlamento, la descentralización territorial y el Estado Autonómico, sin necesidad de convocatoria pública. --- **CONTEXTO (PARA ENTENDERLO MEJOR)** Manuel Giménez Abad fue un jurista y profesor de Administración Pública asesinado por ETA en Zaragoza el 6 de mayo de 2001. La Fundación que lleva su nombre se constituyó en abril de 2002 con patrocinio de instituciones aragonesas (Cortes de Aragón, Ayuntamiento de Jaca y cajas de ahorros) con vocación de investigar y divulgar conocimiento sobre la estructura parlamentaria y el modelo autonómico español. El Gobierno considera que la aportación estatal responde a razones de interés público y cultural que justifican la adjudicación directa sin licitación pública. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto autoriza al Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) a conceder directamente una subvención de 95.000 euros a la Fundación Manuel Giménez Abad (artículos 1 y 3). La justificación jurídica se ampara en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003 de Subvenciones, que permite la concesión directa cuando concurren razones de interés público, social y cultural que hacen difícil o inoportuna la convocatoria pública (artículo 2.1). La resolución de concesión será dictada por el Director del INAP, especificando compromisos y condiciones (artículo 2.2). La entidad beneficiaria deberá ejecutar las actividades antes del 1 de noviembre de 2006 y presentar justificación de gasto (artículo 5.a). Asimismo, debe someterse a supervisión y control conforme a la normativa de subvenciones, facilitar información requerida por órganos competentes, y figurar como actividad realizada en colaboración con el INAP en toda documentación promocional (artículos 5.b, 5.c y 5.d). La justificación del cumplimiento de finalidad y aplicación material de fondos se efectuará dentro del mes siguiente a la realización de la actividad, sin perjuicio de verificación contable posterior (artículo 6.2). El incumplimiento de obligaciones determinará reintegro de la subvención más intereses de demora según los artículos 36 a 43 de la Ley 38/2003 (artículo 7). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Estado regala 95.000 euros a la Fundación Manuel Giménez Abad para que investigue sobre Parlamento y autonomías. No necesita pedir presupuesto ni abrir convocatoria pública porque entiende que es importante honrar la memoria de Giménez Abad y fomentar este tipo de estudios. La Fundación tiene hasta noviembre para gastar el dinero y demostrar qué hizo con él. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Trámite obligatorio antes de enero de 2007:** La Fundación debía ejecutar todas las actividades y justificar gastos dentro del mes siguiente a su realización. Este plazo ya ha vencido (2006), pero el documento establece el procedimiento de justificación de subvenciones públicas como referencia para casos similares. ⚠️ **Riesgo de reintegro:** Incumplimiento de obligaciones (no realizar la actividad, no justificar gastos, no dar crédito al INAP en publicaciones) conlleva devolución de la cantidad íntegra más intereses de demora. Aplica la Ley 38/2003 sin excepciones. ℹ️ **Contexto legal de subvenciones directas:** Este Real Decreto ejemplifica cuándo la Administración Española puede otorgar subvenciones sin licitación pública: cuando razones de interés público, cultural o social justifiquen la dificultad de convocatoria ordinaria. Referencia para entender excepciones al principio de concurrencia competitiva. ✅ **Precedente administrativo:** Reconoce la validez de adjudicaciones directas a fundaciones de investigación con finalidad institucional cuando existe apoyo parlamentario previo (presupuestos aprobados por todos los grupos). --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la entrada en vigor del Real Decreto 867/2006, las subvenciones a entidades como la Fundación Manuel Giménez Abad se regían por normativas estatales y autonómicas, que en muchos casos no ofrecían un marco claro ni uniforme para su concesión. Este Real Decreto establece un marco específico para la concesión directa de subvenciones a la Fundación, destacando su enfoque en la investigación sobre el Estado Autonómico y el Parlamento, lo cual refleja la importancia que se le da a la descentralización y la institucionalidad en el modelo español. Este tipo de normativa es relevante porque permite una gestión más eficiente y transparente de los recursos públicos, facilitando el apoyo a proyectos de investigación con impacto en la política y la administración territorial.