Real Decreto-leyNacionalvigente

Orden APA/2760/2006, de 6 de septiembre, por la que se dictan disposiciones para el desarrollo del Real Decreto 609/2006, de 19 de mayo, por el que se declara, para incendios acaecidos en diversas Comunidades Autónomas, la aplicación de las disposiciones contenidas en el Real Decreto-ley 11/2005, de 22 de julio, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de incendios forestales.

BOE-A-2006-15705Publicada: 09/09/2006MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Orden APA/2760/2006, de 6 de septiembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** - **Jurisdicción:** ES - **Fuente:** BOE (Boletín Oficial del Estado) - **Órgano:** Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación - **Tipo:** Orden Ministerial (desarrollo reglamentario) - **Fecha:** 6 de septiembre de 2006 - **Identificador:** APA/2760/2006 - **Idioma original:** Español - **Materias:** Agricultura; Ganadería; Apicultura; Indemnizaciones; Incendios forestales; Ayudas directas; Seguros agrarios - **Ámbito:** Municipal (municipios afectados por incendios en 2005) - **Relevancia IW:** INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta orden establece las bases y convocatoria de ayudas para indemnizar a agricultores, ganaderos y apicultores cuyos cultivos, ganado o colmenas fueron dañados por incendios forestales ocurridos en 2005 en municipios determinados. Define quién puede recibir dinero, qué daños se cubren y cómo solicitarlo. --- **CONTEXTO** En 2005 hubo varios incendios forestales graves en diversas comunidades autónomas españolas. El Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 11/2005 de medidas urgentes para paliar esos daños. Esta orden de 2006 completa esa normativa anterior, concretando los procedimientos y requisitos para que los afectados puedan solicitar indemnización. Es un ejemplo típico de normativa de ayudas singulares que acompañan a situaciones de calamidad pública. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden desarrolla el régimen de indemnizaciones por daños en incendios forestales siguiendo este esquema: **Beneficiarios y daños cubiertos:** Las indemnizaciones van destinadas a titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas ubicadas en municipios declarados como afectados (listados en anexo del Real Decreto 609/2006). Solo acceden a indemnización aquellos cuyas pérdidas sean superiores al 20 % de la producción normal. Los daños indemnizables incluyen: (i) pérdidas en producciones agrícolas y ganaderas no cubiertas por pólizas de seguros agrarios combinados vigentes en 2005; (ii) daños en pastos y áreas de aprovechamiento ganadero de explotaciones ganaderas aseguradas; (iii) daños en producciones no incluidas en el Plan de Seguros Agrarios (excepto si ya están garantizadas por otros tipos de seguro); (iv) daños en colmenas y producciones apícolas. Excepcionalmente, también se indemnizan producciones sin seguro si estuvieron aseguradas el ejercicio anterior. **Requisitos para solicitar:** Los solicitantes deben cumplir los requisitos generales de elegibilidad en materia de subvenciones (Art. 13 y 14 Ley 38/2003). Las solicitudes se presentan en registro de ENESA, delegaciones del Gobierno, o conforme al art. 38.4 de la Ley 30/1992, en plazo de veinte días hábiles desde entrada en vigor de la orden, acompañadas de: (i) declaración de otras ayudas percibidas por los mismos daños; (ii) para personas jurídicas, fotocopia cotejada del CIF y poder notarial del representante; (iii) para apicultores, acreditación de colmenas quemadas y copia de póliza de seguro si existe; (iv) copia de solicitud de ayudas PAC 2005. La solicitud autoriza recabar datos de Hacienda y Seguridad Social. **Cálculo de indemnización:** Se determina por explotación individual conforme a Directrices Comunitarias sobre Ayudas al Sector Agrario (2000/C28/02). La orden centra la gestión en la Administración para garantizar igualdad territorial y no exceder límites de ayuda. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Si tu explotación agrícola, ganadera o apícola en un municipio afectado sufrió daños superiores al 20 % por incendios forestales en 2005, podías solicitar una indemnización en los términos específicos de esta orden. Había un plazo de veinte días hábiles para presentar solicitud con documentación acreditativa del daño y otras ayudas recibidas. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de tramitación formal:** Plazo de veinte días hábiles desde entrada en vigor para presentar solicitud con documentación completa (CIF cotejado, poderes notariales, póliza de seguro, acreditación de colmenas, etc.). Incumplimiento implica desestimación. ⚠️ **Umbral de siniestralidad:** Solo se indemnizan daños que excedan el 20 % de producción normal. Documentar el daño real frente a producción esperada es esencial; estimaciones insuficientes pueden rechazarse. ✅ **Cobertura de producciones no aseguradas:** Aunque no tengas seguro agrario, puedes recibir indemnización si tu producción no estuvo incluida en el Plan de Seguros Agrarios 2005 o si estaba asegurada en el año anterior. ℹ️ **Centralización administrativa:** La gestión concentrada en la Administración asegura consistencia en valoración de daños y distribución equitativa de ayudas, sin exceso de límites presupuestarios fijados. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden APA/2760/2006, el Real Decreto-ley 11/2005 establecía medidas urgentes para abordar los daños causados por incendios forestales en 2005, pero no detallaba los procedimientos concretos para la concesión de ayudas. Esta orden, emitida por el Ministerio de Agricultura, complementa la normativa estatal, estableciendo las bases para la indemnización a agricultores, ganaderos y apicultores afectados. A diferencia de las normas de las Comunidades Autónomas, que pueden variar en criterios de concesión, esta norma ofrece un marco uniforme a nivel estatal, garantizando una respuesta más coordinada y eficiente ante desastres naturales.

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