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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 966/2006, de 1 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

BOE-A-2006-15408Publicada: 05/09/2006MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 966/2006, de 1 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servici ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 966/2006 traspasa a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias las funciones y servicios del Estado relacionados con la provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia en su territorio. **2. CONTEXTO** La Constitución Española establece en su artículo 149.1.5.ª que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia. Sin embargo, el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, aprobado por la Ley Orgánica 7/1981 y modificado posteriormente, otorga al Principado competencias en materia de Administración de Justicia, exceptuada la militar. La Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial delimita los ámbitos competenciales de las Administraciones, incluyendo la dotación de medios al Poder Judicial. Además, el Real Decreto 1707/1982 establece el procedimiento para traspasos de funciones al Principado de Asturias. En consecuencia, se procedió al traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 966/2006, de 1 de septiembre, regula el traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia. Este traspaso se fundamenta en el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, en su artículo 41.1, que establece que, salvo la Administración Militar, corresponde al Principado ejercer todas las facultades que la Ley Orgánica del Poder Judicial reconozca o atribuya al Gobierno del Estado. La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, delimita los ámbitos competenciales de las Administraciones, Ministerio de Justicia u órganos competentes de las comunidades autónomas implicadas en la dotación de medios personales y materiales al servicio del Poder Judicial. En este sentido, el Real Decreto 1707/1982, de 24 de julio, establece las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado al Principado de Asturias. El traspaso se lleva a cabo en virtud de la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, que prevé la creación de una Comisión Mixta para proceder al traspaso. Esta Comisión adoptó el oportuno acuerdo en su sesión del Pleno celebrada el 27 de julio de 2006. En consecuencia, se traspasan a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias las funciones y servicios del Estado relativas a la provisión, dentro de su territorio, de los medios materiales y económicos necesarios para el funcionamiento de la Administración de Justicia. El Real Decreto incluye una relación detallada de bienes inmuebles que se traspasan al Principado de Asturias, así como una relación del personal laboral y de la Gerencia Territorial en el Principado de Asturias. Además, se detalla la valoración del coste efectivo de dichos traspasos, incluyendo retribuciones y costes indirectos. Por ejemplo, en el capítulo I, se detalla un total de 2.457.227,47 euros, mientras que en el capítulo II, el total asciende a 6.001.802,14 euros. En el capítulo IV, el total es de 3.167.523,00 euros, y en el capítulo VI, el total es de 4.838.505,00 euros. El coste efectivo total asciende a 16.465.057,61 euros. Este traspaso se realiza en cumplimiento de lo dispuesto en la mencionada disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de septiembre de 2006. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 966/2006 traspasa funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia de provisión de medios materiales y económicos para la Administración de Justicia. El traspaso se fundamenta en el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias y en la Ley Orgánica del Poder Judicial. El coste efectivo del traspaso asciende a 16.465.057,61 euros. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones**: El Estado traspasa a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias las funciones relacionadas con la provisión de medios materiales y económicos para la Administración de Justicia. ⚠️ **Competencias exclusivas**: La Constitución Española establece que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de Administración de Justicia, pero el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias le otorga competencias en este ámbito. 📋 **Procedimiento legal**: El traspaso se lleva a cabo en virtud de la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, mediante una Comisión Mixta. ℹ️ **Coste efectivo**: El traspaso tiene un coste efectivo total de 16.465.057,61 euros, detallado en múltiples capítulos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso - **Fecha**: 1 de septiembre de 2006 - **Materias**: Administración de Justicia, Competencias de las Comunidades Autónomas, Traspaso de funciones - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 966/2006, traspaso de funciones, Administración de Justicia, Principado de Asturias, Estatuto de Autonomía, Ley Orgánica del Poder Judicial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 2006 formaliza el traspaso de competencias en la provisión de medios materiales y económicos para la Administración de Justicia del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Antes de este traspaso, estas funciones recaían en el ámbito estatal, en línea con la competencia exclusiva del Estado en materia de justicia según la Constitución. Si bien otras Comunidades Autónomas ya habían asumido competencias similares en virtud de sus respectivos Estatutos de Autonomía y desarrollos normativos, Asturias lo hace ahora de forma explícita a través de este acuerdo. La diferencia es crucial para el ciudadano asturiano, ya que implica que la gestión y dotación de los recursos necesarios para el funcionamiento de juzgados y tribunales en su territorio pasan a ser responsabilidad de su propia comunidad autónoma, lo que potencialmente puede agilizar y adaptar la provisión de estos medios a las necesidades locales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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