ResoluciónNacionalvigente

Enmienda al Anexo A del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, adoptada en Ginebra el 17 de junio de 2022, mediante la Decisión SC-10/13.

BOE-A-2024-3533Publicada: 24/02/2024MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una decisión internacional que añade una sustancia química peligrosa a la lista de contaminantes que los países se comprometen a prohibir. La sustancia es el ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS) y sus compuestos relacionados, que es una sustancia química utilizada en aplicaciones industriales. **¿A quién afecta?** A los países firmantes del Convenio de Estocolmo, incluida España. Directamente afecta a empresas que producen o utilizan esta sustancia química en sus procesos de fabricación. **¿Qué cambia o establece?** Prohíbe completamente la producción y el uso del PFHxS sin excepciones de ningún tipo. Esta prohibición entró en vigor el 16 de noviembre de 2023 para España y la mayoría de países, aunque Japón rechazó aceptarla.

💬 Contexto ciudadano

El Convenio de Estocolmo (2001) es el principal instrumento internacional de eliminación de contaminantes orgánicos persistentes (COPs), ratificado por más de 180 países y gestionado bajo el programa de químicos del PNUMA. La adición del PFHxS al Anexo A —con prohibición total sin excepciones— continúa la progresiva inclusión de compuestos PFAS en la lista de eliminación, tras el PFOS (2009) y el PFOA (2019). Los PFAS son compuestos fluorados de extraordinaria persistencia ambiental —conocidos como «químicos eternos»— utilizados en aplicaciones ignífugas, revestimientos antiadherentes y espumas AFFF de extinción de incendios. El Reglamento REACH europeo ya había establecido restricciones amplias para los PFAS. El rechazo de Japón refleja los intereses de su industria química especializada. España aplica las restricciones del Convenio a través del Reglamento COP de la UE, que incorpora directamente las decisiones de la Conferencia de las Partes.

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