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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1115/2006, de 29 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles.

BOE-A-2006-17097Publicada: 30/09/2006MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 1115/2006, de 29 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-REA | ÓRGANO: Consejo de Ministros | TIPO: Real Decreto | FECHA: 29 de septiembre de 2006 | IDENTIFICADOR: RD 1115/2006 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Etiquetado, Productos textiles, Denominaciones textiles, Armonización UE | ÁMBITO: Derecho administrativo / Mercancías | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Añade el "elastomultiéster" como nueva fibra textil autorizada en el etiquetado obligatorio de productos textiles en España, incorporando una directiva comunitaria que actualiza las clasificaciones técnicas de fibras. --- **CONTEXTO** Desde 1987, España mantiene un sistema de etiquetado de productos textiles adaptado a las directivas europeas. La UE ha ido actualizando periódicamente la lista de fibras autorizadas conforme avanza la tecnología textil. Esta norma es parte de ese proceso continuo: adapta el ordenamiento español a la Directiva 2006/3/CE, que introdujo el elastomultiéster como nueva fibra clasificada. Sin esta armonización, los fabricantes españoles no podrían comercializar legalmente productos con esta fibra en territorio nacional ni garantizar coherencia con otros mercados europeos. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto modifica los anexos I y II del Real Decreto 928/1987, incorporando el elastomultiéster como fibra número 45 en la nomenclatura textil oficial. Se define el elastomultiéster de forma técnica: "Fibra formada por la interacción de dos o más macromoléculas lineales químicamente distintas en dos o más fases distintas (ninguna de las cuales superior al 85% en masa) que contengan grupos éster como unidad funcional dominante (85% como mínimo) y que, tras un tratamiento adecuado, cuando se estira hasta una vez y media su longitud original y se suelta, recobra de forma rápida y sustancial su longitud inicial." Se fija un porcentaje de tolerancia del 1,50 % para su declaración en el etiquetado (*porcentaje de tolerancia de composición*). El RD es la tercera modificación sustantiva del RD 928/1987 en dos décadas: 1998 incorporó polilactida; 2004 añadió polilactida (fibra sintética); 2006 incorpora elastomultiéster. Todas responden a Directivas de adaptación técnica (Directiva 96/74/CE del Parlamento Europeo y del Consejo como marco codificador). La disposición ha sido sometida a trámite de consulta a asociaciones de consumidores, sectores afectados y comunidades autónomas, conforme a los requisitos procedimentales. Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE (30 de septiembre de 2006). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** A partir del 30 de septiembre de 2006, los fabricantes de textiles pueden usar el elastomultiéster en sus productos y etiquetarlos legalmente con este nombre. Es un ajuste técnico: no cambia las reglas del juego, solo añade una nueva opción de fibra que ya existía en otros países europeos. Simplemente, formaliza en España lo que ya era válido en la UE. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de etiquetado**: A partir del 30 de septiembre de 2006, si un producto textil contiene elastomultiéster, el etiquetado debe declararlo con este nombre y respetar la tolerancia del 1,50 % sobre la composición declarada. ✅ **Oportunidad de nuevos productos**: Fabricantes y distribuidores pueden ahora comercializar textiles que combinen elastomultiéster con otras fibras, disponiendo de una nueva opción de materiales que mejora propiedades elásticas. ℹ️ **Armonización transfronteriza**: Esta norma alinea España con el marco europeo codificado en la Directiva 96/74/CE. Los productos etiquetados conforme a esta norma serán reconocibles en mercados de otros Estados miembros (UE27 a partir de 2004). ⚠️ **Transición comercial**: Productos fabricados antes del 30 de septiembre de 2006 con elastomultiéster podrían carecer de etiquetado conforme; se recomienda revisar stocks y retirar etiquetado no conforme si es necesario. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan votos particulares. Se trata de una disposición reglamentaria de carácter técnico-administrativo. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1115/2006, España seguía un sistema de etiquetado de productos textiles basado en el Real Decreto 928/1987, alineado con las directivas anteriores de la UE. Este sistema no incluía la fibra "elastomultiéster", que fue introducida por la Directiva 2006/3/CE. La modificación del Real Decreto 928/1987 por el RD 1115/2006 permitió adaptar la normativa española a los estándares comunitarios, garantizando la homogeneidad en el etiquetado dentro de la UE. Esta armonización es crucial para permitir la libre circulación de productos textiles españoles en el mercado europeo, evitando barreras legales y asegurando la transparencia en la información al consumidor.

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