Real Decreto 1184/2006, de 13 de octubre, por el que se regula la estructura, composición y funciones de la Comisión Nacional de Estadística Judicial.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-RD — Real Decreto 1184/2006, de 13 de octubre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN:** ES / BOE-RD / Ministerio de Justicia / Real Decreto / 13 de octubre de 2006 / 1184/2006 / Español / Administración de Justicia, Estadística Judicial, Transparencia, Organismos Públicos / Estatal / MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Crea y regula la Comisión Nacional de Estadística Judicial como órgano encargado de establecer criterios uniformes y obligatorios para la recopilación, tratamiento y difusión de datos sobre la actividad de juzgados y tribunales españoles, garantizando transparencia y acceso público a información judicial. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** Este Real Decreto es consecuencia del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia de 2001 y de la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia (2002), que reconocieron el derecho ciudadano a información transparente sobre la actividad judicial. La Ley 15/2003 desarrolló esta exigencia mediante el Plan de Transparencia Judicial, aprobado en octubre de 2005. La norma que aquí se resume institucionaliza uno de los pilares de ese plan: un órgano central coordinador capaz de unificar criterios estadísticos en un sistema judicial con competencias divididas entre Estado y Comunidades Autónomas. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto 1184/2006 establece la Comisión Nacional de Estadística Judicial como órgano colegiado adscrito al Ministerio de Justicia con plena autonomía funcional (artículo 1). Su sede es Madrid y su ámbito de actuación es todo el territorio nacional (artículo 2). Las funciones de la Comisión (artículo 3) son: 1. **Aprobar planes estadísticos** generales y especiales de la Administración de Justicia, coordinados con las políticas públicas de modernización judicial. 2. **Establecer criterios uniformes y de obligado cumplimiento** para todas las administraciones sobre obtención, tratamiento informático, transmisión y explotación de datos estadísticos del sistema judicial español (artículo 3). 3. **Asegurar disponibilidad permanente e igualitaria** de información actualizada, rigurosa y contrastada para Cortes Generales, Gobierno, Comunidades Autónomas, Consejo General del Poder Judicial y Fiscalía General del Estado. Los ciudadanos tienen, igualmente, pleno acceso a la estadística judicial (artículo 3). La Comisión está integrada por: Ministerio de Justicia, representación de Comunidades Autónomas con competencias en Administración de Justicia, Consejo General del Poder Judicial y Fiscalía General del Estado. Esta composición refleja la distribución territorial y funcional de competencias en la Justicia española. El documento enfatiza que la estadística judicial es un instrumento básico para: desarrollo de la política legislativa en materia de justicia; modernización de la organización judicial; planificación y gestión de recursos humanos y medios materiales; y ejercicio de la función de inspección sobre juzgados y tribunales. Todo ello enmarcado en el Plan de Transparencia Judicial como estrategia general de apertura informativa del sistema de justicia español. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se crea una oficina oficial —la Comisión Nacional— que obliga a todos los juzgados y tribunales de España a enviar datos sobre cuántos asuntos tramitan, cuánto tiempo tardan, y cuántos recursos tienen. Esa información se centraliza, se unifica con criterios iguales para todos, y se pone a disposición de políticos, ciudadanos e investigadores. Es el primer paso serio para que la Justicia sea una administración transparente. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación administrativa**: Juzgados, tribunales y administraciones públicas con competencias en Justicia están obligadas a proporcionar datos estadísticos según los criterios que fije la Comisión, sin excepciones territoriales. ℹ️ **Información estructural**: Es el primer instrumento institucional español que crea un sistema único y centralizado de estadística judicial, rompiendo con silos informativos anteriores entre Estado y CCAA. ✅ **Oportunidad de acceso**: Ciudadanos, investigadores, abogados y órganos de control tienen garantizado acceso igualitario a información sobre eficiencia, carga de trabajo y características de asuntos judiciales. ⚠️ **Riesgo de coordinación**: La efectividad depende de que Comunidades Autónomas con traspasos ejecutivos cumplan los criterios uniformes; deficiencias en coordinación pueden fragmentar la información. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la entrada en vigor del Real Decreto 1184/2006, no existía una institución central encargada de coordinar la estadística judicial en España, lo que generaba disparidades en la recopilación y difusión de datos entre las Comunidades Autónomas y el Estado. Este Real Decreto establece la Comisión Nacional de Estadística Judicial como órgano estatal que unifica criterios estadísticos, garantizando transparencia y coherencia en la información judicial. Su importancia radica en la necesidad de armonizar la actividad estadística en un sistema judicial descentralizado, tal como se exigía en el Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia y en la Carta de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia.