Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 5/2006, de 10 de octubre, por la que se crea el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura.

BOE-A-2006-19503Publicada: 10/11/2006Comunidad Autónoma de Extremadura

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-LEY — Ley 5/2006, de 10 de octubre, por la que se crea el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **JURISDICCIÓN:** ES (Extremadura) | **FUENTE:** BOE-LEY | **ÓRGANO:** Asamblea de Extremadura | **TIPO:** Ley Ordinaria Autonómica | **FECHA:** 10 de octubre de 2006 | **IDENTIFICADOR:** Ley 5/2006 | **IDIOMA ORIGINAL:** Español | **MATERIAS:** Colegios Profesionales, Ordenación profesional, Ingeniería Informática | **ÁMBITO:** Autonómico | **RELEVANCIA IW:** MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Crea el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura como corporación de derecho público con personalidad jurídica propia, con capacidad para agrupar, ordenar y defender los intereses de los profesionales titulados en esta rama. --- **CONTEXTO** Desde los años 1990, el Estado español reguló la titulación oficial de Ingeniero en Informática y sus planes de estudio. Extremadura fue pionera desde 1982 en crear centros universitarios para formar estos profesionales, posicionándose como referente regional en la Sociedad de la Información. La Asociación de Ingenieros Informáticos de Extremadura (AIIEx), mayoritaria en la región, solicitó formalmente la creación de un colegio profesional para ordenar el ejercicio de la profesión con garantías públicas, aduciendo crecientes riesgos informáticos y necesidad de deontología profesional. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Ley fundamenta la creación en competencias autonómicas de desarrollo legislativo (artículo 8.6 del Estatuto de Autonomía de Extremadura) y en la Ley 11/2002, de Colegios Profesionales de Extremadura. **Artículo 1:** Se crea el Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura. **Artículo 2:** Define su naturaleza como Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica plena. Establece que su estructura será democrática, se regirá por legislación estatal básica, por la Ley 11/2002 y por sus propios Estatutos. Adquiere personalidad jurídica al entrar en vigor la ley y capacidad de obrar una vez constituidos sus órganos de gobierno. **Artículo 3:** El ámbito personal incluye a quienes soliciten afiliación y posean la titulación de Licenciado en Informática o Ingeniero en Informática, obtenida conforme al Real Decreto 1459/1990 (que estableció oficialmente este título universitario). La exposición de motivos subraya que la protección contra abusos informáticos, la importancia creciente de la informática en todos los sectores y su influencia en la privacidad justifican la ordenación colegial y control deontológico. El proceso se inició formalmente el 4 de julio de 2002 ante la Dirección General de Protección Civil, Interior y Espectáculos Públicos, con apoyo firmas de profesionales. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se crea una organización oficial que agrupa obligatoriamente a Ingenieros Informáticos en Extremadura, con potestad para controlar cómo ejercen la profesión, proteger al público usuario y defender los intereses del colectivo profesional. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Ordenación de una profesión técnica:** La colegialización permite establecer códigos éticos, control de calidad y responsabilidad profesional en un sector de creciente importancia social (informática, protección de datos, ciberseguridad). 📋 **Afiliación obligatoria:** Solo pueden colegiarse quienes posean la titulación oficial de Licenciado o Ingeniero en Informática según RD 1459/1990; no es abierta a otros perfiles tecnológicos ni a titulados irregulares. ⚠️ **Cobertura territorial limitada:** El Colegio ejerce competencia solo en Extremadura; profesionales que ejerzan en otras comunidades deben cumplir la normativa colegial respectiva (existen colegios similares en otras CCAA). ℹ️ **Base normativa previa:** Se apoya en la Ley 11/2002 de Extremadura (ya anterior) que fijaba los requisitos de creación de colegios profesionales autonómicos; esta ley específica ejecuta ese marco para Ingeniería Informática. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 5/2006, en España no existía un colegio profesional específico para ingenieros en informática a nivel estatal, aunque existían colegios profesionales en otras ingenierías. En la Comunidad Autónoma de Extremadura, aunque se habían formado profesionales desde 1982, no existía una estructura formal para regular su ejercicio. La creación del Colegio Profesional de Ingenieros en Informática de Extremadura fue un avance para garantizar la calidad, la ética y la protección de los derechos de estos profesionales, alineándose con las normativas de otras comunidades autónomas y la Unión Europea, que también promovían la regulación profesional. Esto importa porque establece un marco legal para la profesión, fomentando el desarrollo y la credibilidad del sector en la región.

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