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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/3693/2006, de 24 de noviembre, por la que se modifica parcialmente el anexo 1 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, relativo a las tarifas de ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol).

BOE-A-2006-21238Publicada: 05/12/2006MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden FOM/3693/2006, de 24 de noviembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Fomento | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 2006-11-24 | IDENTIFICADOR: FOM/3693/2006 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Navegación aérea; Tasas administrativas; Eurocontrol; Exoneraciones tributarias | ÁMBITO: Estatal | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta Orden Ministerial exonera del pago de tarifas por uso de ayudas a la navegación aérea (sistema Eurocontrol) a los vuelos efectuados por el Monarca reinante, su familia cercana, Jefes de Estado y Gobierno, y ministros cuando viajan en misión oficial. --- **CONTEXTO** España forma parte del sistema de Eurocontrol desde 1981 mediante un Acuerdo Multilateral que regula las tarifas compartidas entre Estados por el uso de infraestructura de navegación aérea. Estas tarifas (*air navigation services charges*) financian los servicios de tráfico aéreo civil y militar. La normativa permite a cada Estado establecer exoneraciones específicas conforme a sus marcos constitucionales e internacionales, siempre que respete los principios del Acuerdo y las Decisiones de la Comisión Ampliada de Eurocontrol. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden modifica el apartado séptimo, párrafo g) del anexo 1 del Decreto 1675/1972, que aprobaba las tarifas iniciales de Eurocontrol. La modificación actualiza la redacción de la exoneración para vuelos en misión oficial, ampliando la cobertura de beneficiarios e incorporando requisitos procedimentales. La redacción anterior solo hacía referencia a ciertos vuelos sin especificar quiénes podían beneficiarse; la nueva redacción clarifica: (1) vuelos del Monarca reinante y su familia cercana; (2) vuelos de Jefes de Estado y de Gobierno; (3) vuelos de ministros. En todos los casos, la condición esencial es que se trate de transporte *exclusivamente en misión oficial*, es decir, funciones de representación o gestión gubernamental. La Orden añade un requisito formal crucial: los vuelos deben ir justificados mediante el "indicador de estado especial" o una anotación específica en el plan de vuelo (*flight plan*), documento que deben presentar las aeronaves antes de operar en el espacio aéreo español controlado. Esta es la prueba de que el vuelo reúne las condiciones de exoneración. La modificación se fundamenta en la Decisión número 93 adoptada por la Comisión Ampliada de Eurocontrol el 16 de octubre de 2006, que coordinaba estas exoneraciones entre Estados miembros para evitar discriminaciones y garantizar coherencia en el tratamiento fiscal de vuelos estatales. La base jurídica española es el artículo 3 de la Ley 25/1998, que autoriza al Ministerio a fijar tarifas y exoneraciones. Procedimentalmente, la Orden adquiere eficacia desde su publicación en el BOE (entrada en vigor), pero sus efectos retrotaen al 16 de octubre de 2006, fecha de la Decisión de Eurocontrol que la genera. Esta retroactividad permite regularizar operaciones realizadas entre octubre y noviembre de 2006. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** A partir de esta Orden, los vuelos en misión oficial del Monarca, Jefes de Estado/Gobierno y ministros no pagan tasas por usar el sistema de radar y comunicaciones que controla el tráfico aéreo en España. Para que esto funcione, los pilotos deben indicar en su plan de vuelo que es un vuelo oficial. La norma aclara quién tiene derecho y cómo probarlo. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de declaración formal**: Los operadores de aeronaves estatales o contratadas para estos vuelos deben incluir el indicador de estado especial en el plan de vuelo antes de despegar; sin este registro, la exoneración no opera y la tarifa se devengará. ✅ **Retroactividad regulatoria**: Los efectos se aplican desde el 16 de octubre de 2006, beneficiando operaciones ya realizadas y permitiendo correcciones de facturas de Eurocontrol en ese período intermedio. ⚠️ **Concepto restrictivo de "misión oficial"**: La exoneración solo cubre vuelos cuyo propósito sea exclusivamente el transporte en función de cargo (no viajes privados de ministros, ni acompañantes que viajen por cuenta propia); Eurocontrol podría auditar bases de datos de planes de vuelo para verificar legalidad. ℹ️ **Alineación transnacional**: Esta modificación es consecuencia directa de Decisión de Eurocontrol y afecta a todos los Estados miembros por igual; si operas vuelos estatales con escala en otros países del espacio Eurocontrol (UE, Suiza, Noruega), aplican criterios homogéneos de exoneración. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden FOM/3693/2006, España aplicaba una normativa estatal que permitía exonerar a ciertos grupos, como el Rey y su familia, de pagar tarifas por uso de ayudas a la navegación aérea, dentro del marco del sistema Eurocontrol. Esta norma se alineaba con la legislación de otras Comunidades Autónomas y con la normativa europea, que establecía principios generales sobre exoneraciones tributarias en contextos de uso oficial. La importancia de esta modificación radica en su adaptación a los estándares internacionales del Eurocontrol, garantizando la coherencia con las tarifas compartidas y la financiación de los servicios aéreos, al tiempo que mantiene flexibilidades estatales en casos específicos.

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