ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas de 2022 al Código internacional de seguridad para naves de gran velocidad, 2000 (Código NGV 2000) adoptadas en Londres el 28 de abril de 2022 mediante la Resolución MSC. 499(105).

BOE-A-2024-5221Publicada: 16/03/2024MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una resolución del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional (OMI), adoptada el 28 de abril de 2022, que introduce enmiendas al Código Internacional de Seguridad para Naves de Gran Velocidad del año 2000 (Código NGV 2000). Dicho Código es obligatorio en virtud del Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS). Las enmiendas se consideraron aceptadas el 1 de julio de 2023 y entraron en vigor el 1 de enero de 2024. **¿A quién afecta?** Afecta a los Estados que son parte del Convenio SOLAS y, en la práctica, a los propietarios, operadores y tripulaciones de naves de gran velocidad sujetas a dicho Convenio. Quedan expresamente excluidas de parte de las nuevas reglas las naves que naveguen por los Grandes Lagos de América del Norte y sus aguas conectadas hasta el límite marcado por la Esclusa de St. Lambert en Montreal (Canadá). **¿Qué cambia o establece?** Las enmiendas modifican dos capítulos del Código NGV 2000. En el Capítulo 8, sobre dispositivos y medios de salvamento, se eliminan los requisitos específicos de los párrafos 8.2.1, 8.2.1.1 y 8.2.1.2, que quedan en reserva. En el Capítulo 14, sobre radiocomunicaciones, se sustituye íntegramente el texto anterior por uno nuevo que actualiza el ámbito de aplicación, introduce definiciones precisas de equipos y sistemas de socorro (como la radiobaliza de localización, el AIS-SART y el SART de radar), delimita las zonas marítimas A1 a A4 según su cobertura de comunicaciones, y garantiza que ninguna disposición impida a una nave o persona en peligro utilizar cualquier medio disponible para pedir socorro.

💬 Contexto ciudadano

El Código NGV 2000 sustituyó al de 1994 para los buques de alta velocidad construidos a partir de 2002, siendo ambos de aplicación paralela según la fecha de construcción del buque. Las enmiendas de 2022 introducen la actualización más importante del capítulo de radiocomunicaciones desde la implantación del SMSSM: definen con precisión los equipos AIS-SART y EPIRB digitales y delimitan las zonas marítimas A1-A4 con criterios tecnológicos actualizados. La cláusula de salvaguardia que permite usar cualquier medio disponible para pedir socorro —incluidos teléfonos satélite o VHF no homologados— introduce flexibilidad práctica ante emergencias en aguas con cobertura deficiente.

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