Modificación del Convenio constitutivo del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo para admitir a Mongolia como país de operaciones, adoptada en París el 16 de diciembre de 2003.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es la publicación oficial en España de una modificación del tratado fundacional del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), acordada en París el 16 de diciembre de 2003 y en vigor desde el 14 de octubre de 2006. **¿A quién afecta?** Afecta al propio BERD y a sus países miembros, incluida España, que quedan vinculados por la nueva redacción del tratado. De forma indirecta, afecta a Mongolia, que pasa a poder recibir financiación y apoyo del banco. **¿Qué cambia o establece?** Se modifica el artículo 1 del convenio fundacional del BERD para incluir expresamente a Mongolia como país donde el banco puede operar, en las mismas condiciones que los países de Europa Central y del Este. Así, cuando el convenio menciona "países beneficiarios" o "países receptores", esa referencia se entiende aplicable también a Mongolia.
💬 Contexto ciudadano
La ampliación del mandato del BERD a Mongolia, acordada en 2003 y en vigor desde 2006, refleja la expansión geográfica progresiva del banco más allá de su ámbito original post-soviético. España es accionista del BERD desde su fundación en 1991 y participa en las decisiones de ampliación de mandato geográfico; la publicación en BOE en 2024 regulariza la incorporación formal de esta modificación al ordenamiento español, con veinte años de retraso respecto a su entrada en vigor internacional. Mongolia, con una economía extractiva altamente expuesta a la influencia china y rusa, recibe financiación del BERD principalmente en infraestructuras, sector financiero y energías renovables.