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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ITC/3749/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los instrumentos destinados a medir la opacidad y determinar el coeficiente de absorción luminosa de los gases de escape de los vehículos equipados con motores de encendido por compresión (diésel).

BOE-A-2006-21508Publicada: 09/12/2006Ministerio de Industria, Turismo y Comercio

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden ITC/3749/2006, de 22 de noviembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES / FUENTE: ES-BOE-ORD / ÓRGANO: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (Orden ITC) / TIPO: Orden Ministerial reguladora / FECHA: 22 de noviembre de 2006 / IDENTIFICADOR: ITC/3749/2006 / IDIOMA ORIGINAL: Español / MATERIAS: Metrología (2.2.1) • Instrumentos de medida (2.2.2) • Emisiones vehiculares (3.1.4) / ÁMBITO: Estatal (España) / RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Regula los requisitos técnicos y los procesos de control metrológico que deben cumplir los opacímetros (instrumentos que miden la opacidad de los gases de escape en vehículos diésel). Establece normas para que estos instrumentos funcionen correctamente cuando se usan en inspecciones y mantenimiento de vehículos en circulación. --- **CONTEXTO** Esta orden desarrolla la Ley 3/1985 de Metrología y transpone al ordenamiento español la Directiva 2004/22/CE sobre instrumentos de medida. Su propósito es garantizar que los opacímetros utilizados en los talleres de inspección técnica de vehículos (ITV) sean precisos y confiables, protegiendo a los usuarios y los intereses económicos. La norma se apoya en el Real Decreto 889/2006, que establece el marco general del control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden regula todas las fases de control metrológico de los opacímetros: desde su comercialización y puesta en servicio inicial hasta su verificación periódica y después de reparaciones. En **fase de comercialización y puesta en servicio** (Capítulo II), establece que los opacímetros deben cumplir requisitos esenciales, metrológicos y técnicos detallados en el Anexo II. Para comprobar estos requisitos se requieren medios técnicos específicos (Anexo III). La conformidad se evalúa mediante módulos de evaluación combinados: Módulo B (examen de modelo) junto con Módulo D (garantía de calidad de fabricación) u Módulo F (verificación de producto), o Módulo H1 (garantía total de calidad con examen de diseño). Se presume conformidad de opacímetros procedentes de otros Estados miembros de la UE, Turquía o del Espacio Económico Europeo, siempre que cumplan normas equivalentes (art. 4.2). La Administración puede verificar equivalencia y prohibir puesta en mercado si se incumplen requisitos. En **verificación después de reparación o modificación** (Capítulo III), la orden define este control como exámenes administrativos, visuales y técnicos realizables en laboratorio o in situ para verificar que el opacímetro mantiene sus características metrológicas tras una reparación que requiera apertura de precintos (art. 5). Las reparaciones solo las pueden realizar personas o entidades inscritas en el Registro de Control Metrológico, con requisitos específicos del Anexo V. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Los opacímetros utilizados en los talleres para medir contaminación en diésel deben cumplir normas técnicas estrictas. Cualquier taller que repare uno de estos instrumentos debe estar registrado y autorizado. Antes de usarlos y periódicamente, deben pasar verificaciones para asegurar que funcionan correctamente. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de registro**: Solo personas o entidades inscritas en el Registro de Control Metrológico (Anexo V) pueden reparar opacímetros. Incumplir esto es infracción administrativa. ⚠️ **Requisitos técnicos exigentes**: Los opacímetros deben cumplir especificaciones metrológicas precisas (Anexo II). La Administración puede prohibir puesta en servicio si no se cumplen. ✅ **Reconocimiento transfronterizo**: Opacímetros de UE, Turquía o EEE se presumen conformes si cumplen normas equivalentes; facilita comercio europeo de estos dispositivos. ℹ️ **Verificaciones recurrentes**: Además de controles iniciales, la norma exige verificaciones periódicas y post-reparación para garantizar mantención de características metrológicas en el tiempo. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden ITC/3749/2006, no existía una norma específica que regulara el control metrológico de los opacímetros en España, aunque la Directiva 2004/22/CE ya establecía requisitos generales para instrumentos de medida en la UE. Esta orden transpone dicha directiva al ordenamiento estatal y complementa el marco legal definido por el Real Decreto 889/2006, que establece el control metrológico general. La importancia de esta norma radica en garantizar la precisión y confiabilidad de los instrumentos utilizados en las inspecciones técnicas de vehículos, protegiendo tanto a los usuarios como al sistema económico.

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