Real Decreto-leyNacionalvigente

Real Decreto-ley 11/2006, de 29 de diciembre, por el que se autoriza la actualización de las cuantías de la indemnización por residencia del personal en activo del sector público estatal en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en las ciudades de Ceuta y Melilla.

BOE-A-2006-22951Publicada: 30/12/2006JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-RDL — Real Decreto-ley 11/2006, de 29 de diciembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-RDL | ÓRGANO: Gobierno (Consejo de Ministros) | TIPO: Real Decreto-ley | FECHA: 29.12.2006 | IDENTIFICADOR: RDL 11/2006 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Función Pública • Retribuciones y complementos • Indemnizaciones por residencia • Personal estatal | ÁMBITO: Estatal | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Autoriza al Gobierno a actualizar las indemnizaciones por residencia que reciben los funcionarios públicos estatales destinados en las Illes Balears, Ceuta y Melilla en el año 2007, permitiendo aumentar estas cantidades compensatorias para retener personal en territorios de difícil cobertura de vacantes. --- **CONTEXTO** La indemnización por residencia es un complemento de carácter compensatorio (no retributivo) que percibe el personal destinado en territorios con características geográficas especiales desde hace décadas. Estas cantidades se han actualizado anualmente con los Presupuestos Generales del Estado, pero requieren revisión puntual en algunas regiones donde existe mayor dificultad para cubrir puestos. Este RDL responde a la necesidad urgente de mejorar la capacidad de atracción y retención de funcionarios en estos territorios estratégicos. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto-ley 11/2006 reconoce que las indemnizaciones por residencia tienen un origen histórico consolidado y persiguen resarcir a los funcionarios públicos de los gastos ocasionados por su destino o residencia en determinados lugares del territorio nacional. El Gobierno es habilitado para revisar durante 2007 las cuantías de indemnización correspondientes al personal en activo del sector público estatal destinado en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en las Ciudades de Ceuta y Melilla. La actualización debe adaptarse a la realidad actual, pero con dos limitaciones expresas: **no puede suponer reducción de las cantidades actualmente percibidas** (garantía mínima) y **el coste anual máximo será de 500.000 euros para Balears y 4.500.000 euros para Ceuta y Melilla** (artículo 1º). Estos techos presupuestarios son vinculantes para la Administración del Estado. El artículo 2º dispone que la distribución de estas nuevas cuantías entre los distintos grupos profesionales (escalas y niveles) será objeto de negociación en la **Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado**, conforme a la Ley 9/1987, modificada por Ley 21/2006. Ello implica que la estructura final no es discrecional, sino pactada con los representantes del personal. El RDL se aprueba bajo la prerrogativa del artículo 86 de la Constitución por razones de urgencia declaradas, otorgando al Ejecutivo la capacidad de legislar de manera inmediata sin tramitación parlamentaria ordinaria. La entrada en vigor es el día siguiente a su publicación en el BOE. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Gobierno obtiene autorización para aumentar lo que ganan los funcionarios públicos que trabajan en Balears, Ceuta y Melilla como compensación por vivir allí, siempre sin bajar sus salarios actuales y dentro de unos límites de gasto establecidos. La negociación de cómo repartir esos aumentos entre diferentes grupos de funcionarios debe hacerse con sus representantes sindicales. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Garantía mínima de no regresión**: Cualquier revisión de las indemnizaciones respeta el principio de que ningún funcionario percibirá menos de lo que ya recibe, protegiendo adquisiciones previas. 📋 **Negociación obligatoria con Mesa de Negociación**: La distribución entre grupos no es discrecional; debe acordarse en la Mesa General, vinculando el acuerdo administrativo a un proceso participativo reglado. ⚠️ **Límites presupuestarios inflexibles**: El coste anual máximo (500.000 € Balears / 4.500.000 € Ceuta-Melilla) es un techo que condiciona el alcance real de la actualización; si se negocia ampliamente, podrían quedarse grupos sin incremento suficiente. ℹ️ **Uso del RDL por urgencia**: La aprobación mediante Real Decreto-ley acelera el proceso pero requiere posterior convalidación parlamentaria (conforme a art. 86.1 Const.), siendo un instrumento excepcional que justifica su carácter inmediato. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 11/2006, las indemnizaciones por residencia para el personal estatal en las Illes Balears, Ceuta y Melilla se ajustaban anualmente mediante los Presupuestos Generales del Estado, sin una revisión específica en estas comunidades autónomas. Este RDL establece una actualización puntual de dichas cantidades, reflejando la necesidad de adaptarlas a la situación particular de estos territorios, donde la cobertura de puestos es más compleja. La norma responde a una brecha entre el marco estatal y las necesidades específicas de las CCAA, destacando la importancia de una regulación diferenciada para garantizar la retención del personal en zonas estratégicas.

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