Resolución de 8 de febrero de 2007, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, por el que se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Resolución de 8 de febrero de 2007, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 1/2007 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** Jurisdicción: ES / Fuente: ES-BOE-REA-2007-12 / Órgano: Congreso de los Diputados / Tipo: Resolución de convalidación / Fecha: 8 de febrero de 2007 / Identificador: Congreso RES 12/2007 / Idioma original: ES / Materias: Tabaquismo, Normas sanitarias, Derogatoria / Ámbito: Nacional / Relevancia IW: INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** El Congreso de los Diputados convalida el Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, que derogó una disposición transitoria de la Ley 28/2005 sobre medidas sanitarias contra el tabaquismo. Se trata de un procedimiento legislativo de validación de una norma de emergencia (decreto-ley). --- **CONTEXTO** En 2005 se aprobó la Ley 28/2005, que estableció el régimen legal de medidas sanitarias frente al tabaquismo, regulando su venta, suministro, consumo y publicidad. Esta Ley contenía una disposición transitoria quinta (cuya regulación específica no consta en el presente acuerdo) que fue derogada mediante decreto-ley de emergencia el 12 de enero de 2007. Conforme al artículo 86.2 de la Constitución Española, todo decreto-ley debe ser convalidado por el Congreso en los treinta días siguientes a su publicación, siendo este acuerdo parlamentario la formalización de esa convalidación. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** Conforme a lo establecido en el artículo 86.2 de la Constitución Española, el Congreso de los Diputados, en pleno ejercicio de sus funciones legislativas, acordó en sesión celebrada el 8 de febrero de 2007 la **convalidación** del Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 12, de 13 de enero de 2007. El decreto-ley convalidado deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco. La convalidación implica que la derogación introducida por el decreto-ley adquiere plena validez legislativa, consolidando la modificación del régimen normativo sobre tabaquismo. La Resolución se ordena publicar en el Boletín Oficial del Estado para general conocimiento, cumpliendo con los requisitos de publicidad que garantizan la seguridad jurídica y la efectividad de la norma. Este procedimiento de convalidación constituye un control parlamentario constitucional sobre la iniciativa gubernamental en materia de legislación de urgencia. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Gobierno aprobó por decreto de urgencia una derogación de una norma anterior sobre tabaquismo (enero de 2007), y el Parlamento validó esa decisión en febrero del mismo año. La ley quedó definitivamente modificada tras esta aprobación parlamentaria. La resolución solo ordena publicar este acuerdo para que todos lo conozcan. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Procedimiento de convalidación:** Este acuerdo es resultado del control parlamentario obligatorio sobre decretos-ley (art. 86.2 CE). La convalidación da validez legislativa plena a la derogación de la disposición transitoria. ℹ️ **Vigencia de la derogación:** La disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005 quedó sin efecto desde la publicación del decreto-ley (13 de enero de 2007), con efecto retroactivo a esa fecha, consolidándose con esta convalidación posterior. ℹ️ **Marco normativo de tabaquismo:** Esta modificación forma parte del régimen de la Ley 28/2005 y afecta al régimen de medidas sanitarias, venta, suministro y publicidad de productos de tabaco a nivel estatal. 📋 **Publicación obligatoria:** La orden de publicación en BOE garantiza que terceros interesados tengan conocimiento cierto de la norma modificada y sus efectos legales. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan votos particulares en la Resolución publicada. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 8 de febrero de 2007, la Ley 28/2005 de 2005 establecía medidas sanitarias contra el tabaquismo, incluyendo una disposición transitoria quinta que regulaba aspectos específicos. Sin embargo, esta disposición fue derogada mediante el Real Decreto-ley 1/2007, que entró en vigor como medida de emergencia. La convalidación por el Congreso de los Diputados garantiza la legalidad de dicha derogatoria, alineándose con el artículo 86.2 de la Constitución Española. Este proceso es relevante para comparar la normativa estatal con las normas de las Comunidades Autónomas y la Unión Europea, ya que refleja la adaptación legislativa a nuevas realidades sanitarias y la necesidad de armonización entre niveles de gobierno.