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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden AEC/337/2007, de 18 de enero, por la que se crea la Oficina Técnica de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional en la Misión Diplomática Permanente de España en el Reino Hachemita de Jordania.

BOE-A-2007-3520Publicada: 20/02/2007MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden AEC/337/2007, de 18 de enero ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES / FUENTE: ES-BOE-ORD / ÓRGANO: Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación / TIPO: Orden Ministerial / FECHA: 18 enero 2007 / IDENTIFICADOR: AEC/337/2007 / IDIOMA ORIGINAL: Español / MATERIAS: Administración Pública, Cooperación Internacional para el Desarrollo, Relaciones Diplomáticas, Estructura Orgánica / ÁMBITO: Nacional/Internacional (Jordania, Líbano, Siria) / RELEVANCIA IW: INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** La Orden crea una nueva Oficina Técnica de Cooperación de España en Ammán (Jordania), trasladando y ampliando las competencias que hasta entonces ejercía la oficina radicada en Jerusalén. Esta medida organizativa permite una gestión más eficiente de los programas de desarrollo españoles en Oriente Próximo. --- **CONTEXTO** España ejecuta planes de cooperación internacional en varios países de Oriente Próximo clasificados como «Preferentes» en su Plan Director (2005-2008). La intensificación de relaciones con Jordania, sumada a la necesidad de supervisar también programas en Líbano y Siria, justificaba una presencia diplomática consolidada en Ammán. Las Oficinas Técnicas de Cooperación, reguladas por la Ley 23/1998 y desarrolladas por el Real Decreto 3424/2000, son unidades administrativas adscritas a las Embajadas que ejecutan y coordinan proyectos de desarrollo bajo dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI). --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden crea la Oficina Técnica de Cooperación de la AECI en la Misión Diplomática Permanente de España en el Reino Hachemita de Jordania, dotándola de competencia territorial en Jordania, República Libanesa y República Árabe Siria (artículo Primero). **Organización y dependencia** (artículos Tercero y Cuarto): La oficina se integra orgánicamente en la Misión Diplomática Permanente en Ammán, bajo dirección del Jefe de Misión. Sin embargo, mantiene dependencia funcional respecto a la AECI, sin que ello merme las facultades coordinadoras del Embajador. Los puestos de trabajo se determinarán por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones. **Funciones** (artículo Segundo): La oficina desempeña las funciones previstas en el artículo 15.2 del Real Decreto 3424/2000, esto es, coordinación y ejecución de acciones de cooperación en su demarcación territorial, gestión de proyectos de desarrollo, seguimiento de compromisos adquiridos en la Comisión Mixta Hispano-Jordana de Cooperación, y trámites administrativos derivados. **Presupuestación** (artículos Quinto y Cuarto): Los gastos de apertura, instalación y funcionamiento se imputan al Presupuesto de la AECI sin que supongan incremento del gasto público global. La medida requería autorización del Ministro de Economía y Hacienda. **Derogación normativa** (artículo Sexto): Se derogan parcialmente la Orden AEX/523/2003 (respecto a competencia en Líbano y Siria de la oficina en El Cairo) y la Orden AEX/3132/2003 (respecto a competencia en Jordania de la oficina en Jerusalén). La entrada en vigor es el día siguiente a la publicación en el BOE. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** El Gobierno reorganiza sus oficinas de cooperación en Oriente Próximo. En lugar de coordinar Jordania desde Jerusalén y Líbano-Siria desde El Cairo, abre una única oficina en Ammán que gestione los tres países. Es una decisión de eficiencia administrativa y proximidad geográfica, no supone gasto extra. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Oportunidad de racionalización**: La concentración territorial reduce duplicidades administrativas y facilita coordinación entre programas en la región (Jordania-Líbano-Siria forman un bloque geográfico y de interés estratégico). 📋 **Obligación de coordinación diplomática**: La oficina mantiene dependencia funcional respecto a la AECI pero responde orgánicamente al Embajador, requiriendo comunicación fluida entre autoridades (AECI y Misión Diplomática). ⚠️ **Impacto en Oficinas Precedentes**: Las oficinas de Jerusalén y El Cairo pierden competencia parcial. Requiere transición administrativa, transferencia de expedientes y posible reducción de plantillas en ambas sedes. ℹ️ **Relevancia transfronteriza**: Esta estructura refleja la posición de España en cooperación multilateral en Oriente Próximo, alineada con iniciativas europeas de coordinación en la región. Analógicamente, la UE mantiene estrategias similares de concentración consular/diplomática. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden AEC/337/2007, España gestionaba su cooperación internacional en Oriente Próximo a través de oficinas técnicas de cooperación ubicadas en Jerusalén, reguladas por la Ley 23/1998 y el Real Decreto 3424/2000. Esta estructura era insuficiente para abordar la complejidad de las relaciones con Jordania, Líbano y Siria, especialmente tras la intensificación de la cooperación en estos países. La creación de la Oficina Técnica de Cooperación en Ammán refleja una reorganización estatal para mejorar la eficacia y la coordinación en el ámbito internacional, alineándose con la política de cooperación del Plan Director 2005-2008. Este cambio resalta la evolución de la estructura de cooperación española, adaptándose a nuevas realidades geopolíticas y a la necesidad de una presencia diplomática más consolidada en la región.

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