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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 442/2007, de 3 de abril, por el que se derogan diferentes disposiciones en materia de normalización y homologación de productos industriales.

BOE-A-2007-8948Publicada: 01/05/2007MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 442/2007, de 3 de abril ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN:** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-REA | ÓRGANO: Ministerio de Industria, Turismo y Comercio | TIPO: Real Decreto | FECHA: 3 de abril de 2007 | IDENTIFICADOR: RD 442/2007 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Normalización · Homologación · Productos industriales · Construcción · Armonización comunitaria | ÁMBITO: Nacional / Transpositivo (Directiva 89/106/CEE) | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** El RD 442/2007 deroga y deroga parcialmente varios reglamentos anteriores de homologación de productos industriales para alinear la normativa española con el sistema europeo de marcado CE, eliminando trámites de homologación que ya no son necesarios en productos de construcción sujetos a la Directiva 89/106/CEE. --- **CONTEXTO** Desde 1981, el Ministerio de Industria gestionaba un sistema de homologación administrativa para productos industriales (blindajes, materiales de construcción, aparatos sanitarios) mediante reglamentos y órdenes específicas. La entrada en vigor de la Directiva 89/106/CEE sobre productos de construcción introdujo el marcado CE como mecanismo de evaluación de conformidad, superando la necesidad de homologaciones nacionales duplicadas. Este RD adapta la norma española al nuevo marco europeo, derogando disposiciones obsoletas. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto, a través de su artículo único, deroga completamente dos disposiciones y parcialmente una tercera: 1. **Derogación total:** Orden de 13 de marzo de 1986, que establecía obligatoriedad de especificaciones técnicas para blindajes transparentes o translúcidos (requisito de homologación ministerial). 2. **Derogación parcial:** Real Decreto 1312/1986, relativo a la homologación de yesos, escayolas y prefabricados de construcción. Se deroga únicamente la parte referida a los productos incluidos en las normas UNE 102 001:86 (*aljez*), UNE 102 010:86 (*yeso*), UNE 102 011:86 (*escayola*) y UNE 102 023:83 (*placas de cartón yeso*), que quedaban cubiertas por la Directiva 89/106/CEE tras la entrada en vigor del marcado CE. 3. **Derogación parcial:** Orden de 14 de mayo de 1986, sobre aparatos sanitarios cerámicos. Solo se deroga la parte relativa a inodoros cerámicos (UNE 67 001:88), eliminando la obligatoriedad de homologación para estos productos. El documento aclara que la derogación se limita a lo "coincidente con el desarrollo y aplicación de la Directiva 89/106/CEE", manteniendo vigentes otras especificaciones técnicas no armonizadas comunitariamente. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** España eliminaba trámites de aprobación ministerial para productos de construcción (yesos, escayolas, inodoros, blindajes) que ya eran controlados por el sistema europeo de marcado CE. Los fabricantes podían ahora usar directamente las certificaciones europeas en lugar de solicitar homologación al Ministerio. Las reglas técnicas españolas no desaparecían, solo los trámites administrativos duplicados. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de verificar cobertura comunitaria:** Aunque se deroga la obligatoriedad de homologación ministerial, las especificaciones técnicas UNE derogadas parcialmente siguen siendo referencia si la Directiva 89/106/CEE las menciona; no es derogación material de criterios técnicos, solo de trámites. ✅ **Oportunidad de simplificación:** Fabricantes de yesos, escayolas e inodoros cerámicos ganaban agilidad comercial: el marcado CE bastaba sin necesidad de tramitar homologación ministerial separada, reduciendo plazos y costes administrativos. ⚠️ **Riesgo de interpretación dual:** Productos no incluidos expresamente en las derogaciones (otros aparatos sanitarios cerámicos, vidrios laminados, etc.) mantenían obligatoriedad de homologación ministerial hasta nueva derogación; era necesario verificar caso a caso. ℹ️ **Armonización transpositiva:** Este RD completaba la transposición de la Directiva 89/106/CEE en España; relevancia transfronteriza para operadores en el espacio europeo que utilizaban productos españoles de construcción certificados bajo el sistema anterior. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 442/2007, España mantenía un sistema estatal de homologación administrativa para productos industriales, gestionado por el Ministerio de Industria, con normas específicas como el Reglamento de Homologación de Productos Industriales (RHPD). Este sistema era complementario al marco comunitario, pero generaba duplicidades y trámites innecesarios. La Directiva 89/106/CEE introdujo el marcado CE como mecanismo de evaluación de conformidad, eliminando la necesidad de homologaciones nacionales. El RD 442/2007 deroga las normas anteriores para alinear la normativa española con el marco europeo, simplificando y armonizando el sistema de normalización y homologación, lo cual es relevante para garantizar la libre circulación de productos dentro de la UE.

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