Sentencia de 4 de abril de 2024, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre, de comunicaciones comerciales de las actividades de juego.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una sentencia del Tribunal Supremo de abril de 2024 que anula parcialmente el Real Decreto 958/2020, una norma que regula cómo las empresas pueden anunciar actividades de juego. La sentencia atiende un recurso presentado por un grupo del sector que consideraba que parte de esa norma no era válida. **¿A quién afecta?** Afecta a las empresas y plataformas que ofrecen servicios de juego, principalmente en lo concerniente a cómo pueden hacer publicidad y comunicaciones comerciales sobre sus servicios. También afecta indirectamente a los reguladores que deben aplicar estas normas. **¿Qué cambia o establece?** La sentencia anula específicamente el artículo 23, apartado 1, del Real Decreto 958/2020, dejando sin efecto esa parte de la norma. El resto del decreto permanece vigente. Además, establece que no hay condena al pago de gastos judiciales para ninguna de las partes implicadas en el proceso.
💬 Contexto ciudadano
La sentencia de 4 de abril de 2024 que anula el artículo 23.1 del RD 958/2020 de publicidad del juego, presentada por un recurrente diferente al de la sentencia de 2 de abril, refleja la avalancha de litigios contra esta norma restrictiva. El artículo 23.1 establecía restricciones sobre los receptores de las comunicaciones comerciales de juego, limitando a quién podían dirigirse las campañas. La acumulación de sentencias anulatorias de distintos preceptos deja el reglamento de comunicaciones comerciales del juego en un estado de notable inseguridad jurídica, obligando al Gobierno a una revisión completa de la norma. La importancia es que el sector del juego online es uno de los de mayor crecimiento en España y la regulación de su publicidad es un campo en tensión entre la protección de los jugadores vulnerables, especialmente jóvenes, y la libertad de empresa y expresión comercial de los operadores.