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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APA/1818/2007, de 13 de junio, por la que se modifica el Reglamento técnico de control y certificación de semillas de plantas hortícolas y el Reglamento Técnico de control de la producción y comercialización de plantones de hortalizas y material de multiplicación de hortalizas distinto de las semillas.

BOE-A-2007-12197Publicada: 21/06/2007MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden APA/1818/2007, de 13 de junio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Campo | Valor | |-------|-------| | **Jurisdicción** | ES | | **Fuente** | ES-BOE-ORD | | **Órgano** | Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación | | **Tipo** | Orden Ministerial | | **Fecha** | 13 de junio de 2007 | | **Identificador** | APA/1818/2007 | | **Idioma original** | Español | | **Materias** | Derecho agrario; semillas; material de multiplicación; normativa técnica; comercialización | | **Ámbito** | Estatal / Transfronterizo (transposición Directiva UE) | | **Relevancia IW** | MEDIA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** La Orden actualiza los reglamentos técnicos españoles de control de semillas y plantones de hortalizas para incorporar la Directiva 2006/124/CE, unificando criterios de regulación entre especies y ampliando el catálogo de géneros regulados, especialmente al maíz dulce y maíz para palomitas. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** La Directiva comunitaria 2006/124/CE de la Comisión (5 de diciembre de 2006) modificó dos directivas anteriores (92/33/CEE y 2002/55/CE) para unificar el ámbito de aplicación de ambas, aplicándolas a los mismos géneros y especies. Además, a la luz de avances científicos, corrigió denominaciones botánicas incorrectas o de dudosa autenticidad. España debe incorporar estos cambios mediante modificación de dos órdenes de 1986 y 1994 que regulaban estas materias. Se trata de armonización técnica comunitaria con impacto en la comercialización transfronteriza de semillas en el mercado europeo. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden modifica dos reglamentos técnicos aprobados anteriormente. En primer lugar, sustituye íntegramente la lista de géneros y especies reguladas en ambos reglamentos, actualizando las nomenclaturas botánicas según estándares internacionales. Incorpora nuevas especies: *Allium schoenoprasum L.* (cebollino), y *Zea mays L.* (partim) —maíz dulce y maíz para palomitas—, junto a otros géneros como ajo (*Allium sativum L.*), cebolla y chalota (*Allium cepa L.*, grupos Cepa y Aggregatum), cebolleta (*Allium fistulosum L.*), puerro, perifollo, apio y apionabo. En el Anexo II del reglamento de semillas se insertan requisitos técnicos específicos para cada especie: porcentajes de pureza (97-98 %), germinación (65-85 %), e índice de semillas duras (0.1-0.5 %). En el Anexo V se fijan pesos mínimos de muestras para análisis (desde 15 g de cebolleta a 1.000 g de maíz) y periodos mínimos de conservación de 2 años para todas las nuevas especies incorporadas. La Orden establece un periodo de transición: aunque entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE, las disposiciones relativas a la aceptación oficial de variedades para cebollino y maíz se posponen hasta el 31 de diciembre de 2009, ofreciendo plazo de adaptación al sector. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** España actualiza las normas que controlan la calidad de semillas y plantones de hortalizas que se comercializan, añadiendo nuevas verduras al catálogo regulado y corrigiendo nombres científicos para alinearse con Europa. Las empresas del sector tienen casi tres años para adaptarse completamente a los nuevos requisitos de certificación de variedades. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Cumplimiento obligatorio**: cualquier productor o comerciante de semillas de las especies incluidas debe cumplir los nuevos estándares de pureza, germinación y tamaños de muestra definidos en los anexos. ⚠️ **Periodo de transición limitado**: hasta el 31 de diciembre de 2009, las variedades de cebollino y maíz dulce/palomitas no requieren aceptación oficial. Después, será obligatoria; planificar la adaptación anticipadamente evitará problemas de certificación. ✅ **Oportunidad comercial**: incorporación de nuevas especies (especialmente maíz dulce) como nichos regulados abre oportunidades a productores especializados. ℹ️ **Armonización transfronteriza**: esta orden transpone directiva comunitaria, facilitando comercio de semillas dentro de la UE bajo criterios unificados; especialmente relevante para exportadores españoles. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan votos particulares en este documento. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden APA/1818/2007, los reglamentos técnicos españoles sobre semillas y plantones de hortalizas estaban basados en directivas anteriores, como la 92/33/CEE y la 2002/55/CE, que presentaban diferencias en su ámbito de aplicación y criterios de control. La Directiva 2006/124/CE unificó estos marcos, corrigiendo denominaciones botánicas y ampliando el catálogo de especies reguladas. La importancia de esta norma radica en su transposición al ordenamiento estatal, alineando la legislación española con los estándares de la Unión Europea y garantizando una regulación homogénea en materia de calidad y seguridad de semillas y plantones, lo que facilita la comercialización transfronteriza y mejora la protección del consumidor.

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