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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro general de movimientos de ganado y el Registro general de identificación individual de animales.

BOE-A-2007-12694Publicada: 29/06/2007Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 728/2007, de 13 de junio, por el que se establece y regula el Registro General de Movimientos de Ganado y el Registro General de Identificación Individual de Animales ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / ES-BOE-REA / Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación / Real Decreto / 13 de junio de 2007 / RD 728/2007 / Español / Ganadería, Sanidad Animal, Trazabilidad, Registros Administrativos / Nacional / MEDIA **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Establece dos registros informáticos obligatorios para ganaderos españoles: uno para registrar todos los movimientos de animales entre explotaciones (REMO), y otro para los datos identificativos de animales individualizados (RIIA). Define también el documento de movimiento que debe acompañar los traslados de ganado. **CONTEXTO** La trazabilidad del ganado es fundamental para controlar enfermedades, garantizar la seguridad alimentaria y cumplir normativas europeas de sanidad animal. España necesitaba unificar registros dispersos que ya existían para bovinos, ovinos y caprinos en dos bases de datos nacionales coordinadas con las comunidades autónomas. Este decreto implementa la Ley 8/2003 de Sanidad Animal y alinea España con el Reglamento CE 178/2002 sobre seguridad alimentaria. **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El RD crea dos registros bajo dependencia de la Dirección General de Ganadería del Ministerio de Agricultura: 1. **REMO (Registro general de movimientos de ganado)**: Base de datos informatizada descentralizada que recoge todos los movimientos de animales de producción entre explotaciones ubicadas en territorio nacional, incluyendo mercados y mataderos. Almacena datos mínimos: explotaciones origen/destino, identidad de animales (individual o grupal), especie, cantidad, fecha y responsables. La estructura se define en anexo V y acceso restringido a autoridades competentes. 2. **RIIA (Registro general de identificación individual de animales)**: Unifica registros previos de bovinos (RD 1980/1998), ovinos y caprinos (RD 947/2005), consolidando información de animales identificados individualmente, incluyendo datos de identificación, propietarios y movimientos de cada animal. El **documento de movimiento** es instrumento obligatorio que acompaña todo desplazamiento de ganado, sirviendo como comunicación oficial a la autoridad competente para posterior incorporación al REMO. Sustituye al anterior documento de traslado para pequeños rumiantes (art. 2, RD 947/2005). Conforme art. 7.1 de la Ley 8/2003, los propietarios o responsables deben comunicar todas las entradas y salidas de animales. Cuando hay movimiento entre comunidades autónomas, la comunidad de origen informa a la de destino. Esta información centralizada en REMO permite trazabilidad completa y cumplimiento de obligaciones alimentarias del Reglamento CE 178/2002. El decreto transpone también la Decisión 2006/28/CE sobre ampliación de plazos para marcaje auricular de bovinos en condiciones especiales de gestión (hasta seis meses). **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Los ganaderos españoles deben registrar electrónicamente cada movimiento de animales mediante un documento de movimiento, alimentando una base de datos nacional. Esto permite a la administración saber dónde están los animales en cada momento, garantizando seguridad alimentaria y permitiendo actuar rápidamente si surge una enfermedad. **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de registro**: Todo movimiento de ganado entre explotaciones, mercados y mataderos debe comunicarse mediante documento de movimiento dentro de los plazos que establezca la autoridad autonómica. El incumplimiento genera sanciones administrativas conforme Ley 8/2003. ⚠️ **Responsabilidad compartida**: Propietarios deben cumplir plazos de comunicación; comunidades autónomas mantienen sistemas informáticos y actualizan REMO; Ministerio coordina base de datos nacional. Fallos en cualquier punto comprometen la trazabilidad completa. ℹ️ **Integración con otros registros**: REMO y RIIA funcionan como sistema integrado junto con el Registro General de Explotaciones Ganaderas (RD 479/2004), permitiendo trazabilidad desde identificación de explotación hasta movimientos individuales de animales. ✅ **Unificación administrativa**: Este decreto consolida registros dispersos, reduciendo carga administrativa para ganaderos y mejorando seguridad alimentaria. La integración facilita inspecciones veterinarias y detección rápida de brotes de enfermedades animal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 728/2007, España contaba con registros dispersos y no coordinados para el control del ganado, especialmente en comunidades autónomas y a nivel estatal. Estos sistemas, aunque existían, no garantizaban una trazabilidad eficaz ni la interoperabilidad necesaria para cumplir con las normativas europeas, como el Reglamento CE 178/2002. La unificación de estos registros en dos bases de datos nacionales, el REMO y el RIIA, permitió una gestión más eficiente y centralizada, alineando España con los estándares de la UE y mejorando la seguridad alimentaria y la prevención de enfermedades animales.

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