Orden ITC/3077/2007, de 17 de octubre, por la que se regula el control metrológico del Estado de los instrumentos destinados a la determinación del contenido de azúcar en el mosto de la uva, en el mosto concentrado y en el mosto concentrado rectificado.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden ITC/3077/2007, de 17 de octubre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo | TIPO: Orden | FECHA: 17 de octubre de 2007 | IDENTIFICADOR: ITC/3077/2007 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Metrología; Instrumentos de medida; Control de calidad; Sector vitivinícola | ÁMBITO: Estatal | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Esta orden regula cómo controlar y verificar los refractómetros (aparatos que miden el azúcar en el mosto de uva y sus derivados) que se comercializan y usan en España. Establece los requisitos técnicos que deben cumplir estos instrumentos y los trámites de certificación, reparación y verificación periódica obligatorios. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** La Orden transpone la Directiva Europea 2004/22/CE sobre instrumentos de medida y desarrolla el Real Decreto 889/2006, aplicando al sector vitivinícola los procedimientos de control metrológico estatal. Su necesidad surge del Reglamento CEE 2676/90, que reconoce la refractometría como método comunitario oficial para evaluar el contenido de azúcares en mostos. Esta normativa es relevante tanto para fabricantes españoles como para importadores europeos que comercialicen estos aparatos en el mercado nacional. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden define tres fases de control metrológico: comercialización y puesta en servicio, verificación después de reparación o modificación, y verificación periódica. *Fase de comercialización:* Todo refractómetro debe cumplir requisitos esenciales metrológicos y técnicos detallados en el Anexo II. Los fabricantes o responsables de puesta en mercado seleccionan uno de cuatro módulos de evaluación de conformidad: Módulo B+D (*examen de modelo más declaración de conformidad basada en garantía de calidad de fabricación*), Módulo B+F (*examen de modelo más verificación del producto*), Módulo G (*verificación por unidad*), o Módulo H1 (*garantía total de calidad más examen de diseño*). Se presume conformidad con requisitos esenciales para productos procedentes de UE, EEE o Turquía que ostenten certificados de organismos competentes, siempre que cumplan normas técnicas equivalentes. La Administración pública puede solicitar documentación para verificar equivalencia y prohibir la comercialización si se comprueba incumplimiento. *Fase de reparación:* Todo refractómetro en servicio que requiera reparación o modificación con rotura de precintos debe ser reparado únicamente por personas o entidades inscritas en el Registro de Control Metrológico (conforme a RD 889/2006). La reparación se documenta en un parte de trabajo en formato díptico autocopiativo (Art. 6). Tras reparación, el instrumento debe verificarse para confirmar que mantiene las características metrológicas aplicables, especialmente los errores máximos permitidos, y que continúa conforme a su diseño y regulación específica. El texto desarrolla procedimientos administrativos, visuales y técnicos que pueden realizarse en laboratorio o en lugar de uso, estableciendo obligaciones documentales precisas para reparadores autorizados. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Los aparatos que miden azúcar en vino deben cumplir normas de precisión y pasar controles antes de venderse. Solo reparadores oficiales inscritos pueden arreglarlos, y después de cada reparación hay que verificar que sigan siendo exactos. Los aparatos europeos se aceptan automáticamente si tienen el certificado adecuado. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de certificación previa:** Todo refractómetro nuevo requiere evaluación de conformidad mediante uno de los cuatro módulos establecidos (B+D, B+F, G o H1) antes de comercializarlo o ponerlo en servicio en España. 📋 **Reparadores solo autorizados:** La reparación o modificación de refractómetros en servicio es exclusiva de personas o entidades inscritas en el Registro de Control Metrológico. Incumplimiento implica invalidez de la reparación y posible responsabilidad administrativa. ℹ️ **Presunción de conformidad para productos europeos:** Refractómetros procedentes de UE, EEE o Turquía con certificados de organismos competentes tienen reconocimiento automático si cumplen normas técnicas equivalentes, sin necesidad de nuevo trámite de homologación en España. ⚠️ **Verificación obligatoria post-reparación:** Tras cualquier reparación que requiera romper precintos, es obligatorio realizar verificación metrológica para confirmar que el instrumento conserva sus características de exactitud y funciona conforme a diseño; incumplimiento puede impedir reinicio de actividad. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden ITC/3077/2007, el control metrológico de los refractómetros en el sector vitivinícola estaba regulado por la Directiva Europea 2004/22/CE y el Reglamento CEE 2676/90, que establecían un marco comunitario para la calibración y verificación de instrumentos de medida. La norma estatal española transpuesta por esta orden refuerza y detalla dichas regulaciones, aplicándolas específicamente al sector vitivinícola. Su importancia radica en garantizar la precisión de los instrumentos utilizados para medir el contenido de azúcar en mostos, lo cual es crucial para la calidad del vino y el cumplimiento de normas tanto nacionales como europeas.