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Real Decreto 440/2024, de 30 de abril, sobre criterios de funcionamiento de las Conferencias Sectoriales.

BOE-A-2024-8712Publicada: 01/05/2024Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** El Real Decreto 440/2024 es una norma que detalla cómo deben funcionar las Conferencias Sectoriales, que son órganos donde se reúnen la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas para coordinar decisiones en temas de competencia compartida. La norma especifica los procedimientos para tomar decisiones en estas conferencias, cómo documentarlas en actas, y permite que dos o más Conferencias Sectoriales se celebren de forma conjunta cuando traten asuntos relacionados. **¿A quién afecta?** Afecta a la Administración General del Estado y a todas las Comunidades Autónomas que participan en las Conferencias Sectoriales. También afecta a los organismos públicos vinculados por los acuerdos que se adopten en estas conferencias, cuya aplicación será obligatoria según la naturaleza de cada decisión. **¿Qué cambia o establece?** Establece que las Conferencias Sectoriales deben documentar sus decisiones con claridad en actas, especificando si son vinculantes u orientativas, e identificar qué administraciones quedan obligadas. Obliga a publicar de forma transparente los objetivos plurianuales, indicadores de resultados y sistemas de seguimiento de cada Conferencia. Permite que varias Conferencias Sectoriales funcionen conjuntamente cuando sea necesario, aplicando los procedimientos de decisión que corresponda a cada una.

💬 Contexto ciudadano

Las Conferencias Sectoriales son el principal mecanismo de cooperación vertical entre el Estado y las CCAA en materias de competencia compartida (educación, sanidad, servicios sociales, empleo). La Ley 40/2015 reguló su funcionamiento básico pero no estableció criterios detallados de documentación y transparencia de sus decisiones. El RD 440/2024 introduce la obligación de publicar objetivos plurianuales e indicadores de resultados, acercando el modelo español al de los Joint Ministerial Committees del Reino Unido o las Conferencias de Presidentes en Alemania. La importancia es doble: la transparencia sobre los acuerdos de las Conferencias permite a la ciudadanía y al Parlamento conocer qué compromisos ha asumido la Administración, y la posibilidad de reuniones conjuntas mejora la coordinación en materias transversales que afectan a varias Conferencias simultáneamente, reduciendo la fragmentación del proceso de coordinación interadministrativa.

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