Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 4/2007, de 9 de noviembre, por la que se deroga la Ley del Principado de Asturias 5/1983, de 4 de agosto, reguladora del Consejo Asesor de Radio y Televisión Española en el Principado de Asturias.

BOE-A-2008-1500Publicada: 29/01/2008COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOAA — Ley 4/2007, de 9 de noviembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN / FUENTE (código) / ÓRGANO / TIPO / FECHA / IDENTIFICADOR / IDIOMA ORIGINAL / MATERIAS / ÁMBITO / RELEVANCIA IW ES / ES-BOAA / Junta General del Principado de Asturias / Ley Ordinaria Autonómica / 2007-11-09 / Ley 4/2007; BOAA nº 275, de 26.11.2007 / Español / Administración Pública; Medios Audiovisuales; Radiotelevisión / Autonómico (Asturias) / MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Deroga formalmente la Ley 5/1983 del Principado de Asturias que creaba el Consejo Asesor de Radio y Televisión Española (RTVE) en el territorio asturiano, y disuelve ese órgano. La derogación es consecuencia de cambios estatales: la norma de 1980 que fundamentaba su existencia fue derogada en 2006 y la estructura administrativa que lo respaldaba (Ente Público RTVE) fue eliminada. --- **CONTEXTO** En 1980, la Ley estatal 4/1980 del Estatuto de la Radio y Televisión estableció que RTVE tendría delegados territoriales asistidos por consejos asesores designados por cada Comunidad Autónoma. Asturias respondió creando su Consejo mediante la Ley 5/1983. En 2006, el Estado derogó aquella ley de 1980 y reestructuró RTVE mediante la Ley 17/2006, disolviendo el Ente Público RTVE e implantando una nueva Corporación RTVE. Esta transformación dejó la ley asturiana flotando sin base legal ni función: el Consejo Asesor había sido concebido como un órgano del extinto Ente, y la nueva estructura estatal ya no contemplaba delegados territoriales a quienes asesorar. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El preámbulo desarrolla un análisis de coherencia normativa. Explica que la Ley 5/1983 asturiana fue aprobada *en cumplimiento* de lo mandado por la Ley 4/1980 estatal (art. 14.2), y que el Consejo tenía *naturaleza de órgano del Ente Público RTVE* según su artículo 3. Señala que cuando la Ley 17/2006 derogó la Ley 4/1980 (disposición derogatoria única, apartado 1) y disolvió el Ente Público RTVE (disposición transitoria quinta, apartado 1), la norma asturiana quedó *sobrevenidamente sin su razón de ser y su objeto*: sin su fundamento legal (la derogada Ley de 1980) y sin su sustrato institucional (el Ente disuelto). Destaca que la nueva Corporación RTVE no reproduce la figura del Delegado Territorial de RTVE, lo que hace inaplicable la función consultiva que el Consejo Asesor estaba llamado a desempeñar. Aunque la norma estatal no puede derogar directamente una ley autonómica (pertenecer a ordenamientos distintos), queda una disposición *materialmente vaciada de contenido* que debe ser derogada por el legislador autonómico para mantener la higiene normativa. El artículo único es breve: apartado 1 deroga la Ley 5/1983; apartado 2 disuelve explícitamente el Consejo Asesor. La disposición final fija su entrada en vigor para el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (26 de noviembre de 2007). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Una ley asturiana de hace veinticuatro años creó un consejo para asesorar a un delegado de televisión nacional. Ese delegado desapareció cuando el Estado cambió la estructura de la televisión en 2006. Asturias deroga ahora la ley vieja para que su ordenamiento no quede lleno de normas muertas que nadie puede cumplir. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ℹ️ **Derogación consecuencial:** No es un cambio de política, sino limpieza normativa obligada por transformaciones en la estructura estatal de RTVE (Ley 17/2006). 📋 **Efecto administrativo nulo:** El Consejo Asesor hacía años que no funcionaba de facto; esta ley sólo formaliza lo que ya era realidad institucional. ℹ️ **Coherencia entre ordenamientos:** El legislador autonómico actúa en simetría con el legislador estatal, deshaciendo las consecuencias derivadas de la derogación y reestructuración estatal de 2006. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 4/2007, el Consejo Asesor de Radio y Televisión Española (RTVE) en Asturias existía gracias a la Ley 5/1983, que se basaba en la normativa estatal de 1980. Esta norma estatal establecía la creación de delegados territoriales y consejos asesores en cada Comunidad Autónoma. Sin embargo, en 2006, el Estado derogó la ley de 1980 y reestructuró RTVE, eliminando el Ente Público y la figura de los consejos asesores. Por ello, la Ley 4/2007 derogó la ley asturiana de 1983, alineándose con los cambios estatales y la nueva organización de RTVE, lo que marcó el fin de una institución local que había existido durante más de veinte años.

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