Real Decreto 262/2008, de 22 de febrero, sobre la integración de las frutas y hortalizas en el régimen de pago único y el establecimiento de los pagos transitorios para los sectores de cítricos y tomates enviados a transformación.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
Antes del Real Decreto 262/2008, los pagos agrarios en España se regían principalmente por normas estatales y comunitarias, sin una integración específica para las frutas y hortalizas en el régimen de pago único. La Unión Europea establecía marcos generales, mientras que las Comunidades Autónomas aplicaban medidas propias, lo que generaba incoherencias. Este decreto buscó armonizar el sistema, facilitando la transición de los sectores de cítricos y tomates a la nueva estructura, lo cual era crucial para garantizar la equidad y la sostenibilidad del modelo de pago único.