Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APA/402/2008, de 18 de febrero, sobre la ayuda específica al cultivo del algodón para la campaña 2008/2009.

BOE-A-2008-3099Publicada: 20/02/2008MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden APA/402/2008, de 18 de febrero ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 18.02.2008 | IDENTIFICADOR: APA/402/2008 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Ayudas PAC, Agricultura (algodón), Política Agrícola Común | ÁMBITO: Nacional (España) | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Establece los requisitos específicos que deben cumplir los agricultores españoles para acceder a la ayuda directa al cultivo del algodón en la campaña agrícola 2008/2009, con arreglo a la regulación europea de la Política Agrícola Común (PAC). --- **CONTEXTO** Esta orden desarrolla a nivel nacional la regulación comunitaria de ayudas agrícolas directas. La PAC destina apoyos específicos a ciertos cultivos estratégicos. El algodón, cultivo tradicional en regiones españolas como Andalucía y Extremadura, requería regulación pormenorizada para garantizar igualdad de acceso y evitar ayudas fraudulentas. España, como Estado miembro, debía transponer y completar los Reglamentos (CE) 864/2004 y 1782/2003 mediante normas nacionales que estableciesen los criterios concretos de elegibilidad. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden determina tres requisitos vinculantes para optar a la ayuda por hectárea de algodón en la campaña 2008/2009: **Primer requisito — Superficies elegibles (art. 1):** Solo podrán acogerse a ayuda las parcelas agrícolas donde conste constancia de siembra de algodón con derecho a ayuda durante *al menos una ocasión* en el trienio 2000/2001-2002/2003. Esta exigencia de historial agroambiental previene la creación artificial de derechos de ayuda. **Segundo requisito — Variedades (art. 2):** Exigencia de conformidad con el catálogo comunitario oficial, garantizando trazabilidad genética y compatibilidad con mercados europeos. **Tercer requisito — Condiciones de cultivo (art. 3):** Obligación de rotación de cultivos (prohibición de algodón consecutivo en campaña 2007/2008), con excepción para explotaciones menores de 10 hectáreas si las Comunidades Autónomas lo autorizan. Densidad mínima de plantas: 120.000/ha en regadío (excepto híbridas interespecíficas: 75.000/ha) y 90.000/ha en secano. Asimismo, exige que el cultivo se desarrolle en *condiciones normales*, con cosecha efectiva y calidad comercial verificable (*sana, cabal y comercial*). El procedimiento consultó a Comunidades Autónomas y sectores afectados. Fundamentación: Reglamentos (CE) 864/2004 y 1782/2003, Real Decreto 1470/2007 y artículo 149.1.13.ª de la Constitución española. Entrada en vigor: día siguiente a publicación en BOE. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Si quería cobrar ayuda para cultivar algodón en 2008/2009, su parcela debía tener algodón documentado en años anteriores (2000-2003), plantar variedades oficiales, no haber cultivado algodón el año anterior, mantener densidad suficiente de plantas, y recoger cosecha de calidad comercial. Las normas garantizaban que el dinero público llegase solo a cultivos reales y bien gestionados. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de historial agrario:** Comprobar documentación del cultivo en el trienio referencia; imprescindible para solicitar ayuda. ⚠️ **Rotación obligatoria:** Violación de requisito de rotación anula derecho a pago; Comunidades Autónomas pueden excepcionar solo para pequeños productores (≤10 ha). ℹ️ **Relevancia PAC transposición:** Esta orden es ejemplo de cómo España implementa Reglamentos europeos en ayudas agrícolas; criterios similares se repiten en otros cultivos de la PAC y sectores ayudados. ✅ **Oportunidad de control administrativo:** Requisitos precisos permiten reclamación si denegación no se justifica en criterios normativos claros; amparo en vía administrativa. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden APA/402/2008, la regulación del cultivo del algodón en España se basaba en el marco de la Política Agrícola Común (PAC) europea, específicamente en los Reglamentos (CE) 864/2004 y 1782/2003, que establecían principios generales sobre ayudas directas. Sin embargo, la normativa estatal no proporcionaba criterios pormenorizados para el acceso a estas ayudas, lo que generaba incertidumbre y posibles irregularidades. La Orden APA/402/2008 completó esta regulación, estableciendo requisitos concretos para garantizar la transparencia y la igualdad de trato entre agricultores, especialmente en comunidades como Andalucía y Extremadura, donde el algodón es un cultivo relevante. Esta norma importa porque asegura el cumplimiento de la legislación europea y mejora la eficacia de la distribución de ayudas.

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