Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.

BOE-A-2008-4139Publicada: 04/03/2008MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-ORD — Corrección de errores de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ --- **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** **JURISDICCIÓN:** ES | **FUENTE:** ES-BOE-ORD | **ÓRGANO:** Ministerio de Fomento | **TIPO:** Corrección de errores (fe de erratas) | **FECHA:** 2008 (corrección; 2007 norma original) | **IDENTIFICADOR:** Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre | **IDIOMA ORIGINAL:** Español | **MATERIAS:** Navegación y tráfico marítimo; embarcaciones de recreo; titulaciones y competencias | **ÁMBITO:** Estatal | **RELEVANCIA IW:** INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Enmienda errores tipográficos y redaccionales detectados en la Orden que regula cómo pueden gobernar (pilotar) embarcaciones de recreo las personas en España. Anula una fe de erratas anterior y publica la versión correcta definitiva. --- **CONTEXTO** La Orden FOM/3200/2007 es la normativa fundamental en España que establece los requisitos técnicos, las competencias requeridas y el procedimiento de gobierno de embarcaciones de recreo. Se publicó en el BOE con errores materiales que afectaban a artículos clave sobre condiciones de seguridad, referencias a organismos administrativos y especificaciones sobre instructores. Una primera corrección se publicó el 23 de febrero de 2008, pero contenía defectos; esta nueva versión los subsana. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La corrección afecta a seis puntos específicos: En el **artículo 22.2** (línea 4): reemplaza la referencia erróneaa "a), b) y e)" por "a), b) y c)", rectificando una enumeración de supuestos normativos. En el **artículo 25.1** (segundo párrafo, línea 5): sustituye "Organismo de Cuenca correspondiente" por "Organismo de la Cuenca Hidrográfica correspondiente", especificando con precisión la autoridad administrativa competente en materia de recursos hídricos y navegación fluvial. En la **Disposición adicional tercera**: corrige "embarcaciones" por "titulaciones", aclarando que la previsión se refiere a los certificados de competencia, no a las naves mismas. En el **Anexo VI** (Condiciones de instructores, apartado i), apareciendo en tres páginas distintas): rectifica sistemáticamente "artículo 24.5" por "artículo 24", eliminando una referencia a un apartado inexistente y remitiendo al artículo correcto que regula los requisitos de los instructores de navegación. Todas estas enmiendas son de carácter correctivo: no modifican la sustancia normativa, sino que clarifican el texto publicado para evitar interpretaciones divergentes o aplicaciones incorrectas de la Orden. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se trata de correcciones técnicas a una orden que regula el pilotaje de barcos de recreo. Los cambios arreglan errores que hacían confusa la norma: corrigen enumeraciones mal escritas, precisan qué organismos son competentes, y ajustan referencias a artículos. Afecta principalmente a escuelas de navegación e instructores certificados. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Aplicación retroactiva de la corrección.** Esta fe de erratas es declarativa: aclara lo que la norma siempre debió decir. Si ya aplicaste la Orden creyendo que decía "artículo 24.5" o "embarcaciones" en esos puntos, debes revisar esos actos administrativos y alinearlos con la redacción correcta, especialmente en materia de titulaciones de instructores. ⚠️ **Riesgo de actos anteriores basados en la versión defectuosa.** Certificaciones, permisos o validaciones de instructores emitidas entre febrero y la publicación de esta corrección podrían basarse en la redacción errónea. Valida que se aplicó la normativa correcta en cada caso. ℹ️ **Organismos de Cuenca Hidrográfica: alcance transfronterizo.** La corrección especifica "Cuenca Hidrográfica correspondiente", lo que es relevante si tu actividad afecta a ríos o aguas fronterizas (p. ej., ríos Duero, Tajo, Ebro): asegúrate de coordinar con la demarcación administrativa correcta. 📋 **Obligación de consulta del BOE para datar la vigencia efectiva.** Verifica la fecha exacta de publicación de esta corrección en el BOE para saber a partir de cuándo rigen estos cambios en tu aplicación práctica de la Orden. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden FOM/3200/2007, la regulación del gobierno de embarcaciones de recreo en España se basaba en normativas estatales y, en algunos casos, en normas de las Comunidades Autónomas, aunque con una coordinación limitada a nivel nacional. La norma estatal era fundamental para establecer requisitos técnicos y competencias mínimas, mientras que las CCAA podían adaptarla a sus particularidades. La importancia de la Orden FOM/3200/2007 radica en que estableció un marco uniforme y claro, aunque su publicación con errores tipográficos y redaccionales generó confusiones, lo que justificó la necesidad de su corrección.

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