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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 321/2008, de 29 de febrero, por el que se dispone la modificación de la denominación del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Vigo, en Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vigo.

BOE-A-2008-5001Publicada: 15/03/2008MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Real Decreto 321/2008, de 29 de febrero ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** **JURISDICCIÓN** / ES | **FUENTE** / ES-BOE-REA | **ÓRGANO** / Gobierno de España (Consejo de Ministros) | **TIPO** / Real Decreto | **FECHA** / 29 de febrero de 2008 | **IDENTIFICADOR** / RD 321/2008 | **IDIOMA ORIGINAL** / Español | **MATERIAS** / Organización judicial • Planta judicial • Demarcación territorial | **ÁMBITO** / Galicia (provincia de Pontevedra, Vigo) | **RELEVANCIA IW** / MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Modifica la denominación del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Vigo, renombrándolo como Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vigo, con efectos desde el 1 de abril de 2008, como consecuencia de una reestructuración administrativa de la planta judicial provincial. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** La Ley 38/1988, de 28 de diciembre (Ley de demarcación y planta judicial), atribuye al Gobierno la facultad de modificar la configuración de los órganos judiciales para adaptarlos a las necesidades jurisdiccionales. En enero de 2008, el anterior Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vigo fue transformado en Registro Civil Exclusivo mediante el RD 2/2008, lo que obligaba a reorganizar la numeración de los juzgados de la provincia. El juzgado afectado había sido creado por RD 867/2007 y comenzó a funcionar el 28 de diciembre de 2007. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto fundamenta su competencia en el párrafo segundo del artículo 20.1 de la Ley 38/1988, que faculta al Gobierno para transformar juzgados mediante real decreto, previa consulta obligatoria al Consejo General del Poder Judicial y a la comunidad autónoma afectada. El texto explica que estas modificaciones persiguen mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia y optimizar la utilización de recursos personales, materiales y económicos ya existentes. La exposición de motivos subraya que esta reestructuración responde a necesidades concretas de los órdenes jurisdiccionales del territorio. Se ha tramitado conforme a la normativa: el Consejo General del Poder Judicial ha informado favorablemente (sin que conste objeción alguna de la Xunta de Galicia). El artículo 2 contiene la disposición normativa: el Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Vigo, en funcionamiento, modifica su denominación a Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vigo. El artículo 4 fija la fecha de efectividad en el 1 de abril de 2008. El artículo 3 remite al anexo VI de la Ley 38/1988 para la correspondiente adaptación de la planta judicial, donde se actualiza la composición de órganos judiciales en Pontevedra: el partido judicial n.º 4 de Vigo resultará con 4 juzgados de primera instancia (en lugar de la estructura anterior). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** A partir del 1 de abril de 2008, el juzgado que se conocía como «Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Vigo» cambia oficialmente de nombre y pasará a llamarse «Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vigo». No es un cambio de competencias ni de funciones, solo administrativo: le dan un número diferente para reorganizar la planta judicial de la provincia tras otros cambios anteriores. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de actualización**: Los escritos, notificaciones y diligencias dirigidas a partir del 1 de abril de 2008 deben identificar al órgano con su nueva denominación; quien litige ante este juzgado debe conocer el cambio de nombre para evitar desviaciones procesales. ✅ **Procedimiento correcto**: El real decreto ha seguido todos los trámites exigidos por la Ley 38/1988 (informe del CGPJ y audiencia de la administración autonómica), lo que garantiza su validez. ℹ️ **Contexto territorial gallego**: Esta reorganización se alinea con las necesidades de la planta judicial en Pontevedra, que agrupa 13 partidos judicales con 55 juzgados totales; el cambio responde a la transformación de juzgados ordinarios en órganos de naturaleza distinta (en este caso, Registro Civil). ℹ️ **Información procedentes**: Afecta a abogados, procuradores, justiciables y profesionales del sector legal que tramitan asuntos en Vigo; cualquier procedimiento iniciado antes del 1 de abril identificará el órgano con el n.º 14, y los posteriores con el n.º 4. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la reforma introducida por el Real Decreto 321/2008, los juzgados de primera instancia en Galicia seguían una numeración que no reflejaba adecuadamente su organización territorial. Esta norma se inscribe en un marco más amplio de reestructuración judicial estatal y autonómica, donde la Ley 38/1988 ya permitía modificaciones en la planta judicial. La importancia de este cambio radica en que refleja una adaptación a la reorganización administrativa de la provincia de Pontevedra, necesaria tras la transformación del Juzgado n.º 4 en Registro Civil Exclusivo, lo que exigía una actualización de la numeración para garantizar la claridad y eficacia en la gestión judicial.

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