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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 265/2008, de 22 de febrero, por el que se establece la lista marco de establecimientos registrados para la exportación de carne y productos cárnicos.

BOE-A-2008-6718Publicada: 16/04/2008MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-REA — Corrección de errores del Real Decreto 265/2008, de 22 de febrero, por el que se establece la lista marco de establecimientos registrados para la exportación de carne y productos cárnicos. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: BOE-REA | ÓRGANO: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación | TIPO: Corrección de errores | FECHA: [a determinar publicación BOE] | IDENTIFICADOR: RD 265/2008 (fe de erratas) | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Higiene y seguridad alimentaria (550); Registros y autorizaciones (220) | ÁMBITO: Exportación de carne y productos cárnicos | RELEVANCIA IW: INFORMATIVA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Se corrigen errores materiales de publicación (erratas) del Real Decreto 265/2008 de 22 de febrero, que regula los establecimientos autorizados para exportar carne y productos cárnicos desde España. Las correcciones son de carácter técnico-administrativo y no alteran sustancialmente el contenido normativo. --- **CONTEXTO** El RD 265/2008 implementa la normativa comunitaria sobre establecimientos registrados en terceros países autorizados a exportar productos de origen animal a la Unión Europea, conforme al Reglamento (CE) 853/2004. Las erratas rectificadas afectan a redacción, referencias normativas y datos técnicos microbiológicos contenidos en las tablas de la norma. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La fe de erratas identifica cinco grupos de correcciones: **Primero**, en el artículo 2.1.d) (página 13331, primera columna) se elimina la frase final «en el Reglamento» para adecuar la redacción a la estructura normativa. **Segundo**, en el apartado de «Entorno e Infraestructura Exteriores» (página 13346), se rectifica la palabra «embalajes» por «embalados» en el contexto de requisitos higiénicos de envases, corrigiendo error obvio de redacción. **Tercero**, en las tablas de la página 13356 (segunda columna, casillas tercera y sexta) se añade la notación «Salmonella(2)» en lugar de «Salmonella» para remitir a nota al pie explicativa; simultáneamente, en la misma fila primera, columna cuarta, se elimina el superíndice «(2)» de «Límites» que sobraba. **Cuarto**, en la nota al pie número 6 de la tabla (página 13369), se cambia la unidad de medida microbiológica de «cfg/g» (*colony forming units* por gramo) a «ufc/g» (su equivalente en español: *unidades formadoras de colonia*), corrigiendo la abreviatura técnica errónea que afecta a límites de contaminación microbiológica. **Quinto**, en la sección «Solicitud» (página 13379), se unifican y completan las referencias a «Real Decreto 265/2008, de 22 de febrero» en dos ubicaciones donde aparecían incompletas o con formato erróneo («de de febrero»). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Se trata de correcciones administrativas menores que limpian erratas de publicación: palabras mal escritas, unidades técnicas inexactas y referencias incompletas. El RD 265/2008 sigue siendo el mismo en sustancia; estas correcciones solo aseguran que lo publicado en el BOE se lee con precisión. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de consulta del texto rectificado**: Las empresas exportadoras de carne deben utilizar la versión corregida del RD 265/2008 para cumplimiento de requisitos de etiquetado, embalaje e higiene (particularmente la notación de Salmonella y unidades ufc/g). ℹ️ **Corrección técnica crítica**: El cambio de «cfg/g» a «ufc/g» clarifica el estándar microbiológico aplicable; asegúrate de que tus análisis de laboratorio usan la unidad correcta (ufc/g) para detectar contaminación por Salmonella. ⚠️ **Ningún cambio sustantivo**: Aunque las correcciones son técnicamente necesarias, no modifican obligaciones previas. Las empresas ya autorizadas bajo el RD 265/2008 no requieren nueva evaluación por estas rectificaciones. 📋 **Actualización de documentación interna**: Revisa manuales de procedimiento y guías internas de exportadores para reemplazar referencias al texto original con el texto corregido, especialmente en puntos sobre infraestructura e higiene. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 265/2008, la regulación de los establecimientos autorizados para la exportación de carne y productos cárnicos en España se basaba en normas estatales y en el marco comunitario del Reglamento (CE) 853/2004, que establecía requisitos sanitarios y de seguridad alimentaria aplicables a toda la UE. La normativa autonómica, en particular, tenía limitaciones en la homogeneización de criterios y en la coordinación con las normas europeas. La corrección de errores del RD 265/2008 busca armonizar y precisar dichas normas, asegurando una aplicación coherente con los estándares de la UE y mejorando la transparencia y la eficacia del sistema de registro y control. Esto importa para garantizar la seguridad alimentaria y facilitar el comercio internacional de productos cárnicos.

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