Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PRE/987/2008, de 8 de abril, por la que se amplía el ámbito de aplicación de la Orden PRE/1563/2006, de 19 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la remisión telemática de las disposiciones y actos administrativos de los departamentos ministeriales que deban publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

BOE-A-2008-6370Publicada: 11/04/2008MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE-OMI — Orden PRE/987/2008, de 8 de abril ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-OMI | ÓRGANO: Ministerio de la Presidencia | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 2008-04-08 | IDENTIFICADOR: PRE/987/2008 | IDIOMA ORIGINAL: ES | MATERIAS: Administración Electrónica; Boletín Oficial del Estado; Procedimiento Administrativo; Protección de Datos | ÁMBITO: Nacional (Administración Central) | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Amplía el sistema de envío telemático de disposiciones y actos administrativos al Boletín Oficial del Estado, incorporando órganos constitucionales (Congreso, Senado, Tribunal Constitucional) y otras entidades estatales que hasta entonces quedaban excluidas del procedimiento de remisión digital. --- **CONTEXTO** La Orden PRE/1563/2006 estableció un sistema electrónico ("Insértese digital") que permitía a los ministerios remitir documentos al BOE sin papel físico, mejorando significativamente los tiempos de gestión. Esta Orden de 2008 reconoce el éxito operativo y lo amplía a instituciones que no integraban la Administración General del Estado, formando parte de la modernización administrativa mediante tecnologías telemáticas iniciada en esa época. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden PRE/987/2008 modifica el ámbito de aplicación de la Orden PRE/1563/2006, permitiendo que órganos constitucionales y entidades estatales específicas remitan electrónicamente sus disposiciones y actos para publicación en secciones I, II y III del BOE. El artículo 2 enumera expresamente los órganos incluidos: Cortes Generales (Congreso de los Diputados y Senado), Tribunal Constitucional, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Supremo, Tribunal de Cuentas, Consejo de Estado, Junta Electoral Central, Consejo de Seguridad Nuclear, Banco de España y Agencia Española de Protección de Datos. Asimismo, se incluyen actos cuya firma de inserción corresponda a la Dirección General del Secretariado del Gobierno. La Disposición Final Primera modifica la Orden PRE/1570/2006, actualizando el fichero automatizado "Insértese digital" que gestiona datos de autoridades y funcionarios autorizados para firmar electrónicamente órdenes de inserción. Este fichero registra información identificativa (nombre, apellidos, DNI), administrativa (departamento u órgano) y técnica (clave pública del certificado de clase 2CA expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre). Se garantiza que no existen cesiones de datos y se establecen derechos de acceso ante la Subdirección General de Seguimiento de Acuerdos y Disposiciones, con medidas de seguridad de nivel básico. La Orden entra en vigor el 1 de mayo de 2008. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Desde mayo de 2008, instituciones como el Congreso, Senado y Tribunal Constitucional pueden enviar sus documentos al Boletín Oficial del Estado por internet con firma digital, evitando la entrega física en papel y agilizando la publicación oficial. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Entrada en vigor y operatividad**: El procedimiento es efectivo desde el 1 de mayo de 2008. Los órganos afectados debieron solicitar las instrucciones técnicas a la Subsecretaría de la Presidencia y obtener certificados digitales. 📋 **Lista cerrada de beneficiarios**: La ampliación se limita a órganos constitucionales y entidades estatales explícitamente enumeradas. Administraciones autonómicas, locales y otras entidades públicas quedan excluidas del sistema. ⚠️ **Gestión de certificados digitales**: El fichero "Insértese digital" contiene datos sensibles de autoridades y sus certificados de firma. Requiere procedimientos de actualización, revocación y seguridad periódicos para evitar vulnerabilidades de identidad digital. ℹ️ **Requisito técnico de certificación**: Participar en el sistema exige obtener certificados de clase 2CA emitidos por la FNMT-RCM, con costos asociados y procedimientos de solicitud; esto pudo limitar la adhesión inicial de algunos órganos. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden PRE/987/2008, el sistema de remisión telemática de actos administrativos al Boletín Oficial del Estado (BOE) estaba limitado a los departamentos ministeriales, según la Orden PRE/1563/2006. Este documento amplía el ámbito a otros órganos estatales y constitucionales, como el Congreso, el Senado y el Tribunal Constitucional, que no formaban parte del sistema inicial. Esta evolución refleja la modernización de la Administración Pública española, impulsada por la digitalización y la necesidad de eficiencia en la publicación de actos normativos, alineándose con las tendencias de la Unión Europea en materia de administración electrónica. La importancia radica en la mejora de la transparencia, la reducción de costes y la homogenización del procedimiento en toda la Administración.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →