Orden AUC/533/2024, de 21 de mayo, por la que se suprime la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Viceconsulado Honorario de España, en Saint Pierre et Miquelon, en la Colectividad Territorial de San Pedro y Miquelón de la República Francesa.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una orden ministerial del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, firmada el 21 de mayo de 2024, que cierra oficialmente el Viceconsulado Honorario de España en Saint Pierre et Miquelon, un pequeño archipiélago francés situado en el Atlántico Norte, cerca de las costas de Canadá. **¿A quién afecta?** Afecta a los ciudadanos españoles residentes o presentes en Saint Pierre et Miquelon, que en la práctica son muy pocos: solo cuatro personas figuran inscritas en el registro consular. La gestión de cualquier asunto consular en esa zona seguirá correspondiendo al Consulado General de España en París, del que dependía este viceconsulado. **¿Qué cambia o establece?** Se suprime formalmente la oficina consular honoraria, que llevaba sin actividad desde 2005, cuando el único vicecónsul que ocupó el cargo cesó por motivos de salud y nunca fue sustituido. La orden justifica el cierre por la falta total de actividad durante casi veinte años, la escasísima presencia de ciudadanos españoles en el archipiélago (apenas seis mil habitantes en total, con solo cuatro españoles registrados) y la desaparición de los motivos que probablemente justificaron su creación en torno a 1954, vinculados a la industria pesquera. La medida no supone gasto adicional para el Estado.
💬 Contexto ciudadano
El Viceconsulado Honorario de España en San Pedro y Miquelón (archipiélago francés cerca de Canadá) llevaba inactivo desde 2005, cuando el único vicecónsul cesó por motivos de salud. Con solo cuatro ciudadanos españoles registrados y un vínculo histórico que se remonta a la presencia vasca en la pesca del bacalao en el Atlántico Norte, el mantenimiento formal de la oficina carecía de justificación operativa. La racionalización de la red consular española mediante el cierre de oficinas inactivas sigue un patrón similar al aplicado por otros estados europeos (Francia, Alemania) que han reducido consulados honorarios sin actividad real. La norma importa como ejemplo de gestión eficiente del servicio exterior del Estado, eliminando estructuras formales vacías de contenido real durante casi dos décadas, lo que liberaba recursos administrativos de seguimiento y control sin prestación efectiva de servicios.