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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2088/2008, de 22 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Asociación Club de Madrid para la financiación de proyectos de transición y consolidación de la democracia en el ámbito internacional.

BOE-A-2008-20678Publicada: 23/12/2008MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-25 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2088/2008, de 22 de diciembre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** ES / BOE-RD / Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación / Real Decreto / 22.12.2008 / RD 2088/2008 / Español / Subvenciones públicas, política exterior, cooperación internacional, democracia / Estatal / MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Autoriza la concesión directa y excepcional de una subvención de 400.000 euros a la asociación Club de Madrid para financiar proyectos internacionales de fortalecimiento democrático, transición política y gobernanza en países en desarrollo democrático. --- **CONTEXTO** Este Real Decreto forma parte de la estrategia de acción exterior española bajo el principio de que España, como modelo efectivo de transición democrática, debe respaldar institucionalmente el fortalecimiento de instituciones democráticas en el mundo. La concesión es excepcional porque aplica directamente el artículo 22.2.c) de la Ley General de Subvenciones, saltando el procedimiento competitivo ordinario por razones de interés público. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El Real Decreto regula una **subvención de carácter excepcional** de 400.000 euros, financiada con cargo al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, destinada al Club de Madrid (asociación de utilidad pública, constituida en 2002, inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con número 169558). **Proyectos financiados** (Artículo 1): Liderazgo Global para la Acción Climática; promoción del acceso a la energía; Sociedad Inclusiva; Diálogo Democrático en Oriente Medio y Norte de África; Mujeres y Liderazgo en África; Religión y Diálogo Intercultural; Democracia y Seguridad; Migración Internacional. **Procedimiento de concesión** (Artículo 2): Se autoriza la concesión directa mediante resolución ministerial que especificará compromisos y condiciones, aplicando art. 22.2.c) y art. 28 de la Ley 38/2003 (Ley General de Subvenciones). **Obligaciones del beneficiario** (Artículo 5): (a) ejecutar las actividades conforme al decreto; (b) comunicar otras subvenciones para idéntica finalidad; (c) someterse a supervisión y control; (d) acreditar colaboración ministerial en documentación; (e) cumplir todas las obligaciones de la Ley 38/2003 y RD 887/2006. **Justificación y pago** (Artículo 6): El pago total se realiza tras firma de la resolución. El Club de Madrid debe presentar presupuesto desglosado antes de percibir fondos y, tras actividades, una memoria detallada de gastos con documentación justificativa (facturas, relación clasificada de gastos, identificación de acreedores, fechas de emisión y pago). Plazo de justificación: tres meses desde finalización de actividades. **Incumplimiento** (Artículo 7): Exigencia de reintegro con interés de demora desde el pago, según arts. 37 y siguientes de la Ley 38/2003. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** España le da al Club de Madrid 400.000 euros directamente —sin necesidad de que compita con otros— para que financie proyectos de democracia en otros países. A cambio, el Club debe hacer exactamente lo que promete, guardar todos los recibos y explicar en qué gastó cada euro. Si no cumple, tendrá que devolver el dinero más intereses. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Justificación: obligación de documentación exhaustiva.** El Artículo 6.4 exige presupuesto desglosado previo, memoria detallada posterior, facturas originales e identificación de acreedores. Incumplimiento aquí bloquea la efectividad y justifica reintegro. ⚠️ **Riesgo: comunicación de otras fuentes de financiación (Art. 5.b).** El beneficiario debe reportar cualquier otra subvención para idéntica finalidad; ocultarlas puede motivar acción de recuperación. ✅ **Oportunidad: carácter excepcional justificado.** La concesión directa sin licitación es válida únicamente por razones de interés público expresamente acreditadas en el considerando; utilizable como precedente para futuras subvenciones excepcionales en política exterior. ℹ️ **Información: plazo crítico de tres meses.** La justificación debe presentarse dentro de los tres meses posteriores a la realización de actividades, sujeto a verificaciones contables; retrasos pueden afectar a posteriores convocatorias. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la concesión de subvenciones en el ámbito estatal y autonómico se regía principalmente por la Ley General de Subvenciones, que exigía un procedimiento competitivo para garantizar la transparencia y equidad. En el contexto de la Unión Europea, existían normas comunitarias que establecían marcos generales para la concesión de ayudas públicas, pero con menos flexibilidad en casos excepcionales. La importancia de este Real Decreto radica en que permite una concesión directa de subvención, excepcional y sin concurso, basada en el interés público, lo que refleja una política exterior más activa y proactiva en la promoción de la democracia internacional.

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